Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2022062940)
Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del Programa de la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, correspondiente a las anualidades 2022 y 2023.
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NÚMERO 198
Viernes 14 de octubre de 2022
49849
que incumben a los que resulten ser beneficiarios de la misma; respetando en todo caso la
normativa estatal.
El artículo 7 de la Orden de la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda, de 13 de
septiembre de 2022, establece que el procedimiento de concesión de las subvenciones del
Programa de la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas será el de concesión directa,
mediante convocatoria abierta, de conformidad con los artículos 22.2 y 29 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La convocatoria de las subvenciones se efectúa por resolución de la persona titular de la secretaría general competente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.1 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE
n.º 59, de 25 de marzo).
Bajo la superior autoridad y dependencia de la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda
y en el ámbito de sus competencias, corresponde, pues, a la Secretaría General realizar la
convocatoria de las subvenciones del programa de la mejora de la accesibilidad en y a las
viviendas, objeto de la presente resolución.
En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 35,
de 26 de marzo), y el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, previa autorización del Consejo de Gobierno en su
sesión del día 5 de octubre 2022,
RESUELVO
Primero. Objeto.
1. La presente resolución tiene por objeto realizar la convocatoria de las subvenciones estatales del Programa de la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente a las anualidades 2022 y 2023,
regulado en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la Vivienda 2022-2025 (BOE n.º 16, de 19 de
enero).
2. Será objeto de la subvención del Programa de la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, en los términos regulados en el título II del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero,
por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la Vivienda
2022-2025, y siempre dentro de las disponibilidades presupuestarias, la financiación de la
ejecución de actuaciones para la mejora de la accesibilidad; y, en particular:
Viernes 14 de octubre de 2022
49849
que incumben a los que resulten ser beneficiarios de la misma; respetando en todo caso la
normativa estatal.
El artículo 7 de la Orden de la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda, de 13 de
septiembre de 2022, establece que el procedimiento de concesión de las subvenciones del
Programa de la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas será el de concesión directa,
mediante convocatoria abierta, de conformidad con los artículos 22.2 y 29 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La convocatoria de las subvenciones se efectúa por resolución de la persona titular de la secretaría general competente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.1 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE
n.º 59, de 25 de marzo).
Bajo la superior autoridad y dependencia de la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda
y en el ámbito de sus competencias, corresponde, pues, a la Secretaría General realizar la
convocatoria de las subvenciones del programa de la mejora de la accesibilidad en y a las
viviendas, objeto de la presente resolución.
En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 35,
de 26 de marzo), y el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, previa autorización del Consejo de Gobierno en su
sesión del día 5 de octubre 2022,
RESUELVO
Primero. Objeto.
1. La presente resolución tiene por objeto realizar la convocatoria de las subvenciones estatales del Programa de la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente a las anualidades 2022 y 2023,
regulado en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la Vivienda 2022-2025 (BOE n.º 16, de 19 de
enero).
2. Será objeto de la subvención del Programa de la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, en los términos regulados en el título II del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero,
por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la Vivienda
2022-2025, y siempre dentro de las disponibilidades presupuestarias, la financiación de la
ejecución de actuaciones para la mejora de la accesibilidad; y, en particular: