Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Traslados. (2022062936)
Resolución de 10 de octubre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de funcionarios docentes de los Cuerpos de Inspectores al servicio de la Administración Educativa e Inspectores de Educación.
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NÚMERO 198
Viernes 14 de octubre de 2022

49531

Cuarta. Participación forzosa.
Funcionarios dependientes de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura:
4.1. Están obligados a participar a las plazas anunciadas en esta convocatoria, dirigiendo
su solicitud a la Dirección General de Personal Docente de la Consejería de Educación y
Empleo, en los términos indicados en la base sexta, los funcionarios de carrera que se
encuentren en alguna de las situaciones que se indican a continuación:
4.1.1. E
 l personal funcionario que, procedente de la situación de excedencia o suspensión
de funciones con pérdida de su destino definitivo, tengan, con anterioridad a la fecha
de publicación de esta convocatoria, un destino con carácter provisional en el ámbito
de gestión de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura.


En el supuesto de que no participen en el presente concurso o no soliciten suficiente
número de plazas vacantes, se les adjudicará libremente destino definitivo en plazas ubicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.



De no adjudicárseles destino definitivo permanecerán en situación de destino
provisional en la provincia en la que hayan prestado servicios durante el curso
2022/2023.

4.1.2. E
 l personal funcionario que se encuentre en la situación de excedencia forzosa o
suspensión de funciones con pérdida de su plaza de destino que cumplida la sanción
no hayan obtenido un reingreso provisional y que hayan sido declarados en esta
situación desde una plaza dependiente de la Consejería de Educación y Empleo de
la Junta de Extremadura.


Los funcionarios incluidos en el párrafo anterior, en el supuesto de que no participen en el presente concurso o, si participando, no solicitaran suficiente número
de plazas quedarán, en el caso de no obtener destino definitivo, en la situación de
excedencia voluntaria, contemplada en el artículo 137, de la Ley 13/2015, de 8 de
abril, de Función Pública de Extremadura.

4.1.3. E
 l personal funcionario que haya perdido su destino definitivo en cumplimiento de
sentencia, resolución de recurso o por habérseles suprimido expresamente la plaza
que desempeñaban con carácter definitivo.


En el supuesto de que debiendo participar no concursen, serán destinados de oficio
dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Los que cumpliendo con la
obligación de concursar, no obtuvieran ningún destino de los solicitados, serán ads-