Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Traslados. (2022062936)
Resolución de 10 de octubre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de funcionarios docentes de los Cuerpos de Inspectores al servicio de la Administración Educativa e Inspectores de Educación.
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NÚMERO 198
Viernes 14 de octubre de 2022



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3.1.1.3. El personal funcionario docente de carrera que se encuentre en situación de
excedencia voluntaria, siempre que ya hubieran obtenido su primer destino
definitivo, declarada desde plazas de inspección educativa dependientes de la
Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura. Si se tratara de
los supuestos de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación
familiar contemplados en los artículos 137 y 138, de la Ley 13/2015, de 8 de
abril, de Función Pública de Extremadura, sólo podrán participar, si al finalizar
el presente curso escolar han transcurrido dos años desde que pasaron a esta
situación y su último destino docente hubiera sido en plazas de inspección
educativa dependientes de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de
Extremadura.



3.1.1.4. El personal funcionario docente de carrera que se encuentre en la situación de
suspensión declarada desde plazas de inspección educativa dependientes de
la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, siempre que
al finalizar el presente curso escolar, haya concluido el tiempo de duración de
la sanción disciplinaria de suspensión y, al menos, dos años desde la toma de
posesión del último destino definitivo.

3.1.2. A
 los efectos previstos en esta base se entenderá como fecha de finalización del
curso escolar la de 31 de agosto de 2023.
3.1.3. Quienes deseen ejercitar un derecho preferente para la obtención de destino deberán estar a lo que se determina en la base quinta de esta convocatoria.
3.1.4. Los participantes a los que se alude en el apartado 3.1. de esta base podrán igualmente incluir en su solicitud plazas correspondientes a las convocatorias realizadas por las
restantes Administraciones educativas en los términos establecidos en las mismas.
3.2. Funcionarios dependientes de otras Administraciones Educativas.
3.2.1. Podrán solicitar plazas correspondientes a esta convocatoria los funcionarios dependientes de otras Administraciones educativas siempre que cumplan los requisitos y
condiciones que se establecen en esta resolución. Estos funcionarios deberán haber
obtenido su primer destino definitivo en el ámbito de gestión de la Administración
educativa a la que se circunscribía la convocatoria por la que fueron seleccionados
salvo que, en la misma, no se estableciera la exigencia de este requisito.
3.2.2. Estos concursantes deberán dirigir su solicitud de participación al órgano que se
determine en la convocatoria que realice la Administración educativa de la que dependa su plaza de destino.