Consejería De Educación Y Empleo. Bibliotecas. (2022050178)
Orden de 6 de octubre de 2022 por la que se regula la gestión y organización de las bibliotecas escolares y desarrollo de los planes de lectura, escritura y acceso a la información de los centros educativos públicos de niveles previos a la Universidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 197
Jueves 13 de octubre de 2022

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Así, de acuerdo con los principios de necesidad y eficacia, la iniciativa normativa se encuentra
justificada por una razón de interés general, habiéndose identificado los fines perseguidos y
entendiéndose que es la orden el instrumento más adecuado para garantizar su consecución.
Por otra parte, las medidas contenidas en el mismo son adecuadas y proporcionadas a las
necesidades que exigen su dictado, habiéndose constatado que no existen otras medidas
menos restrictivas de derechos, o que impongan menos obligaciones a los destinatarios. A
su vez, como garantía del principio de seguridad jurídica, esta iniciativa normativa se adopta
de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico, generando un marco normativo
de certidumbre, que facilita su conocimiento y, en consecuencia, la actuación y toma de decisiones de las personas y empresas afectadas. Responde al principio de transparencia con
los trámites de publicación en el Portal de la Transparencia y los informes requeridos a los
órganos consultivos de la administración autonómica.
Respecto al principio de eficiencia, no se imponen más cargas que las estrictamente necesarias.
En virtud de lo expuesto, y en uso de las facultades que me atribuye la Ley 1/2002, de 28 de
febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en
su artículo 36 f) y el artículo 135 de la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, previo Dictamen del Consejo Escolar de Extremadura y a propuesta de la Secretaría
General de Educación,
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
La presente orden tiene por objeto regular la gestión y organización de las bibliotecas escolares y el desarrollo de los planes de lectura, escritura y acceso a la información de los centros
educativos públicos de niveles previos a la universidad, dependientes de la Consejería de
Educación y Empleo de la Junta de Extremadura.
Artículo 2. Modelo de biblioteca escolar.
El modelo de biblioteca escolar que se persigue es el siguiente:
a) La biblioteca escolar debe ser un centro de recursos impresos y digitales para la lectura,
información y aprendizaje; así como, un espacio educativo abierto, física y virtualmente, de apoyo a los procesos formativos, desarrollo de las competencias clave, el fomento
de la lectura, la práctica de idiomas y la alfabetización mediática e informacional (AMI)
del alumnado.