Consejería De Educación Y Empleo. Bibliotecas. (2022050178)
Orden de 6 de octubre de 2022 por la que se regula la gestión y organización de las bibliotecas escolares y desarrollo de los planes de lectura, escritura y acceso a la información de los centros educativos públicos de niveles previos a la Universidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 197
Jueves 13 de octubre de 2022

49406

e) I ncluir el Plan de Trabajo de la Biblioteca Escolar en los documentos organizativos del
centro (Proyecto Educativo, Programación General Anual, programaciones de aula y
materias, programaciones didácticas, etc.) Dicho Plan de Trabajo deberá contribuir al
desarrollo de metodologías activas interdisciplinares, al fomento de la lectura y de la
alfabetización mediática e informacional.
f) Potenciar la inclusión de actividades e iniciativas en las programaciones, que utilicen la
biblioteca escolar como espacio y herramienta educativa para el desarrollo de las competencias clave del alumnado.
g) En el caso de los centros adscritos a la REBEX, el equipo directivo dispondrá una partida presupuestaria específica de, al menos, el 5% del presupuesto anual ordinario del
centro para el mantenimiento y mejora de la biblioteca escolar. Para ello, los centros
crearán, en su contabilidad, un grupo de gasto al que se imputarán todos los destinados
a la finalidad anteriormente descrita. El resto de centros que no forme parte de REBEX
asignará también un porcentaje de su presupuesto con la misma finalidad.
h) P
 rocurar la evaluación de la biblioteca, su uso, servicios y actividades, requiriendo a su
equipo la información necesaria para comprobar el cumplimiento del Plan de Trabajo y
promoviendo la utilización de la herramienta de autoevaluación que se propone en estas
mismas instrucciones.
i) Identificar las necesidades formativas del equipo y del resto del claustro, comunicándolas al CPR de referencia o al Servicio de Coordinación Educativa competente en bibliotecas escolares.
j) Promover la colaboración y coordinación entre el equipo de la biblioteca escolar y otros
formados dentro del centro para diferentes programas o actuaciones (INNOVATED, TIC,
Programas Europeos, etc.), así como con la Jefatura de Actividades Complementarias y
Extraescolares y con el personal responsable de las Actividades Formativas Complementarias, donde las hubiera.
k) Impulsar líneas de colaboración con entidades e instituciones externas, especialmente
con las bibliotecas públicas y los ayuntamientos, de tal forma que pueda facilitarse su
apertura en horario extraescolar e incluso su utilización por parte del resto de la comunidad donde se encuentra.
Artículo 9. Dedicación horaria del funcionariado docente del equipo de la biblioteca escolar.
El funcionariado docente que forme parte del equipo de la biblioteca escolar tendrá una asignación de periodos lectivos para la realización de sus funciones, distribuida de la siguiente forma: