Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062901)
Resolución de 30 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula la declaración ambiental estratégica del Programa Operativo FEDER de Extremadura 2021-2027. Expte.: IA21/1639.
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NÚMERO 196
Martes 11 de octubre de 2022
49320
cho plano tenga solo efectos informativos, entendemos que debiera reflejar con mayor
fidelidad dicha red de infraestructuras, o al menos particularmente en lo que a la red de
carreteras se refiere. Así, se define en la leyenda un código de colores para las “Carreteras
de alta/baja capacidad”. Del análisis del plano se deduce que el resto de carreteras que no
son de alta capacidad, sin distinción, se clasifican como carreteras de baja capacidad; sin
perjuicio de ello, deberá reflejarse la N-523 (antigua EX-100 de Cáceres a Badajoz) como
de titularidad estatal (adscrita al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana),
y no regional, por lo que debieran tener una trama o leyenda diferente.
— Dirección General de Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria. Al respecto del
borrador o versión inicial del Programa FEDER, no se ha encontrado dentro del mismo,
materia alguna referente al ámbito ferroviario que pudiera ser objeto de informe. Asimismo, debe indicarse que el citado programa no se corresponde con un instrumento
de ordenación urbanística que pudiera englobarse dentro del objeto de los informes
establecidos por el artículo 7 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario. En consecuencia, y desde el punto de vista de la planificación ferroviaria, no
se encuentra impedimento para continuar con la tramitación del Programa FEDER de
Extremadura 2021-2027.
Durante la información pública realizada en el DOE n.º 112, de 13 de junio de 2022, no
se han recibido alegaciones de índole ambiental.
E) Previsión de los efectos significativos del Programa Operativo FEDER de Extremadura 20212027 sobre el medio ambiente.
En el estudio ambiental estratégico se indica, que en el Programa FEDER de Extremadura
2021-2027 solo se podrán incluir actuaciones que hayan superado una evaluación de cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo en relación con los seis objetivos climáticos y medioambientales del Reglamento de Taxonomía (mitigación del cambio
climático, adaptación al cambio climático, utilización y protección sostenibles de los recursos hídricos y marinos, economía circular, prevención y control de la contaminación y protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas). Esto garantiza que a priori los
efectos estratégicos significativos que resulten de la evaluación no sean de mayor alcance.
El Programa Operativo FEDER de Extremadura 2021-2027 de manera general produce un
efecto global positivo para el medio ambiente, ya que entre otros, promueve la creación de
nuevas empresas, generadoras de empleo, tecnológicamente avanzadas y medioambientalmente sostenibles, fomenta la eficiencia energética en edificios e infraestructuras públicas, fomenta el uso de energías renovables, fomenta la adaptación al cambio climático, la
prevención del riesgo de catástrofe y la resiliencia, teniendo en cuenta los enfoques basados en los ecosistemas (lucha contra cambio climático, contra incendios forestales, etc.),
Martes 11 de octubre de 2022
49320
cho plano tenga solo efectos informativos, entendemos que debiera reflejar con mayor
fidelidad dicha red de infraestructuras, o al menos particularmente en lo que a la red de
carreteras se refiere. Así, se define en la leyenda un código de colores para las “Carreteras
de alta/baja capacidad”. Del análisis del plano se deduce que el resto de carreteras que no
son de alta capacidad, sin distinción, se clasifican como carreteras de baja capacidad; sin
perjuicio de ello, deberá reflejarse la N-523 (antigua EX-100 de Cáceres a Badajoz) como
de titularidad estatal (adscrita al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana),
y no regional, por lo que debieran tener una trama o leyenda diferente.
— Dirección General de Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria. Al respecto del
borrador o versión inicial del Programa FEDER, no se ha encontrado dentro del mismo,
materia alguna referente al ámbito ferroviario que pudiera ser objeto de informe. Asimismo, debe indicarse que el citado programa no se corresponde con un instrumento
de ordenación urbanística que pudiera englobarse dentro del objeto de los informes
establecidos por el artículo 7 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario. En consecuencia, y desde el punto de vista de la planificación ferroviaria, no
se encuentra impedimento para continuar con la tramitación del Programa FEDER de
Extremadura 2021-2027.
Durante la información pública realizada en el DOE n.º 112, de 13 de junio de 2022, no
se han recibido alegaciones de índole ambiental.
E) Previsión de los efectos significativos del Programa Operativo FEDER de Extremadura 20212027 sobre el medio ambiente.
En el estudio ambiental estratégico se indica, que en el Programa FEDER de Extremadura
2021-2027 solo se podrán incluir actuaciones que hayan superado una evaluación de cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo en relación con los seis objetivos climáticos y medioambientales del Reglamento de Taxonomía (mitigación del cambio
climático, adaptación al cambio climático, utilización y protección sostenibles de los recursos hídricos y marinos, economía circular, prevención y control de la contaminación y protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas). Esto garantiza que a priori los
efectos estratégicos significativos que resulten de la evaluación no sean de mayor alcance.
El Programa Operativo FEDER de Extremadura 2021-2027 de manera general produce un
efecto global positivo para el medio ambiente, ya que entre otros, promueve la creación de
nuevas empresas, generadoras de empleo, tecnológicamente avanzadas y medioambientalmente sostenibles, fomenta la eficiencia energética en edificios e infraestructuras públicas, fomenta el uso de energías renovables, fomenta la adaptación al cambio climático, la
prevención del riesgo de catástrofe y la resiliencia, teniendo en cuenta los enfoques basados en los ecosistemas (lucha contra cambio climático, contra incendios forestales, etc.),