Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062901)
Resolución de 30 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula la declaración ambiental estratégica del Programa Operativo FEDER de Extremadura 2021-2027. Expte.: IA21/1639.
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NÚMERO 196
Martes 11 de octubre de 2022
49307
encontrado en todo el documento esa cita y además observamos que ese dato es
incongruente con lo que se refleja en la Tabla 24 del texto, que hace referencia a la
distribución de la superficie por usos del suelo en Extremadura, en la que se indica
que la superficie “Artificial” supone un 2,03% de Extremadura.
6. E
n la Ilustración 25, “Series de Vegetación de Extremadura” al estar incluido en el
apartado de Biodiversidad, y al hablar anteriormente de la vegetación presente en
Extremadura puede llevar a la confusión por parte del lector del documento que se
trata de la vegetación actual, y no de la vegetación potencial. Por ello se sugiere en
este mapa que se indique que se trata de vegetación “potencial”, y no de vegetación
“actual”, para evitar confusiones, o bien que se sustituya la ilustración 25 por un
mapa de las formaciones de vegetación presentes actualmente en Extremadura.
A la vista de los errores o incongruencias detectadas solicitamos que se atiendan
estas observaciones.
— Secretaría General de Población y Desarrollo Rural. Servicio de Infraestructuras del Medio Rural:
Visto el Estudio Ambiental Estratégico, en el punto 3 se describen los ámbitos medioambientales afectados de Extremadura, concretamente en el apartado 9 “Biodiversidad”,
se mencionan a las vías pecuarias como integrante de los Corredores Ecológicos de
la Comunidad. En el mismo apartado se hace una clasificación de las vías pecuarias,
en función de su anchura, que no se ajusta a la dispuesto en el Artículo 203 de la Ley
6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, por lo que deberá modificarse dicha
clasificación. Por otra parte, y como uso prioritario de las vías pecuarias, el Real Decreto
385/2017, de 8 de abril, declara la Trashumancia como Manifestación Representativa
del Patrimonio Cultural Inmaterial, por lo que se entiende podría incluirse en el apartado 3.10 del Estudio Ambiental Estratégico.
— Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio. Servicio de Ordenación del
Territorio:
Programa FEDER Extremadura 2021-2027. No identificamos las acciones concretas a
realizar dentro del programa operativo con su correspondiente importe asociado. La
mayor parte del documento marca líneas generales con apuntes de algunas concreciones, pero que, entendemos formarán parte de un conjunto más amplio. Es decir,
por ejemplo, no identificamos si el importe asociado a cualquiera de los códigos en las
diferentes tablas “cuadro 4. – campo de intervención” se corresponde con una o varias
acciones. En este sentido, no identificamos las propuestas de actuaciones presentadas
por esta Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, por lo que no
Martes 11 de octubre de 2022
49307
encontrado en todo el documento esa cita y además observamos que ese dato es
incongruente con lo que se refleja en la Tabla 24 del texto, que hace referencia a la
distribución de la superficie por usos del suelo en Extremadura, en la que se indica
que la superficie “Artificial” supone un 2,03% de Extremadura.
6. E
n la Ilustración 25, “Series de Vegetación de Extremadura” al estar incluido en el
apartado de Biodiversidad, y al hablar anteriormente de la vegetación presente en
Extremadura puede llevar a la confusión por parte del lector del documento que se
trata de la vegetación actual, y no de la vegetación potencial. Por ello se sugiere en
este mapa que se indique que se trata de vegetación “potencial”, y no de vegetación
“actual”, para evitar confusiones, o bien que se sustituya la ilustración 25 por un
mapa de las formaciones de vegetación presentes actualmente en Extremadura.
A la vista de los errores o incongruencias detectadas solicitamos que se atiendan
estas observaciones.
— Secretaría General de Población y Desarrollo Rural. Servicio de Infraestructuras del Medio Rural:
Visto el Estudio Ambiental Estratégico, en el punto 3 se describen los ámbitos medioambientales afectados de Extremadura, concretamente en el apartado 9 “Biodiversidad”,
se mencionan a las vías pecuarias como integrante de los Corredores Ecológicos de
la Comunidad. En el mismo apartado se hace una clasificación de las vías pecuarias,
en función de su anchura, que no se ajusta a la dispuesto en el Artículo 203 de la Ley
6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, por lo que deberá modificarse dicha
clasificación. Por otra parte, y como uso prioritario de las vías pecuarias, el Real Decreto
385/2017, de 8 de abril, declara la Trashumancia como Manifestación Representativa
del Patrimonio Cultural Inmaterial, por lo que se entiende podría incluirse en el apartado 3.10 del Estudio Ambiental Estratégico.
— Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio. Servicio de Ordenación del
Territorio:
Programa FEDER Extremadura 2021-2027. No identificamos las acciones concretas a
realizar dentro del programa operativo con su correspondiente importe asociado. La
mayor parte del documento marca líneas generales con apuntes de algunas concreciones, pero que, entendemos formarán parte de un conjunto más amplio. Es decir,
por ejemplo, no identificamos si el importe asociado a cualquiera de los códigos en las
diferentes tablas “cuadro 4. – campo de intervención” se corresponde con una o varias
acciones. En este sentido, no identificamos las propuestas de actuaciones presentadas
por esta Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, por lo que no