Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional Continua. Subvenciones. (2022040182)
Decreto 124/2022, de 5 de octubre, por el que se deroga el Decreto 97/2016, de 5 de julio, por el que se regula la Formación Profesional para el Empleo dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 196
Martes 11 de octubre de 2022

49260

30/2015, de 9 de septiembre, establece que cuando las administraciones Públicas competentes opten por aplicar el régimen de concesión de subvenciones, estas se regirán por las
bases reguladoras que se establezcan mediante orden del titular del Ministerio de Empleo y
Seguridad Social.
Dicha previsión se vio cumplida con la aprobación de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo
(BOE n.º 78, de 1 de abril), por la que se han establecido las bases que han de regir la concesión de subvenciones públicas destinadas a financiar el Sistema de Formación Profesional para
el Empleo en el ámbito laboral por las diferentes Administraciones públicas en sus respectivos
ámbitos de gestión.
En el ámbito autonómico, el artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la redacción dada por la Ley 8/2019, de 5 de
abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, previó
que las bases reguladoras de las subvenciones se establecerán por orden de la persona titular
de la Consejería correspondiente o de aquella a la que estén adscritos los organismos vinculados, previo informe de la Abogacía General y de la Intervención General.
Al amparo de dicha previsión se aprobó la Orden de 18 de octubre de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar la oferta formativa
de Formación Profesional para el Empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas en
el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 206, de 24 de octubre), que
dejó sin efectos las bases reguladoras contenidas en el capítulo III del Decreto 97/2016, de
5 de julio.
Por otra parte, mediante Decreto 87/2019, de 2 de agosto, se estableció la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuyendo a la
Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo de la Consejería de
Educación y Empleo la planificación y el diseño de la oferta de enseñanzas de formación para
el empleo y a la Secretaría General de Empleo, que ejercerá la Dirección Gerencia del Organismo Autónomo Servicio Extremeño Público de Empleo, el ejercicio de las funciones de impulso,
coordinación y supervisión de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para
el Empleo en relación con el ejercicio de las competencias de formación para el empleo.
Por último, el Decreto 166/2019, de 29 de octubre, que estableció la estructura orgánica de
la Consejería de Educación y Empleo y modifica el Decreto 26/2009, de 27 de febrero , por
el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, atribuye a la
Secretaría General de dicho organismo las funciones relacionadas con la gestión de acciones
formativas para personas desempleadas y acciones de formación a lo largo de la vida laboral
para personas ocupadas, cuyo diseño y planificación corresponde a la Dirección General de