Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2022062883)
Resolución de 28 de septiembre de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la inscripción y publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Psicología de Extremadura, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
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NÚMERO 195
Lunes 10 de octubre de 2022
48976
a) La Junta General.
b) La Junta de Gobierno.
2. L
a Junta General es el órgano supremo de control del Colegio y estará constituido por todos
los colegiados, según lo previsto en estos Estatutos.
3. La Junta de Gobierno es el órgano ejecutivo y de representación del Colegio.
Artículo 25. La Junta General. Régimen de sesiones.
1. L
a Junta General podrá reunirse en sesión ordinaria o extraordinaria, previa convocatoria
del Decano.
2. Se reunirá en sesión ordinaria una vez al año, en el primer trimestre.
3. C
on carácter extraordinario se reunirá a iniciativa de la Junta de Gobierno o a petición
de al menos, el 25% de colegiados con derecho a voto, cuya petición, dirigida al Decano,
expresará los asuntos que hayan de tratarse y los motivos que sustentan dicha solicitud.
Artículo 26. La Junta General. Convocatorias.
1. L
as sesiones ordinarias de la Junta General serán convocadas siempre con una antelación
mínima de dos meses a la fecha de su celebración, mediante comunicación escrita a todos
los colegiados con expresión del lugar y hora de celebración para primera y segunda convocatoria, así como del orden del día.
2. Q
uedará válidamente constituida la Junta General en primera convocatoria, cuando se
encuentren presentes la mitad más uno de los colegiados, y en segunda convocatoria,
cualquiera que sea el número de colegiados presentes.
3. Entre la primera y segunda convocatoria deberán transcurrir, al menos, treinta minutos.
4. N
o podrá ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que no figure incluido en el
orden del día, salvo que estén presentes todos los colegiados y sea declarada la urgencia
del asunto por mayoría simple de votos emitidos.
Artículo 27. Coordinación, actas y acuerdos.
1. L
as sesiones de la Junta General estarán presididas por el Decano acompañado por los
demás miembros de la Junta de Gobierno. El Decano será el moderador o coordinador
de las reuniones, concediendo o retirando el uso de la palabra y ordenando los debates y
votaciones.
Lunes 10 de octubre de 2022
48976
a) La Junta General.
b) La Junta de Gobierno.
2. L
a Junta General es el órgano supremo de control del Colegio y estará constituido por todos
los colegiados, según lo previsto en estos Estatutos.
3. La Junta de Gobierno es el órgano ejecutivo y de representación del Colegio.
Artículo 25. La Junta General. Régimen de sesiones.
1. L
a Junta General podrá reunirse en sesión ordinaria o extraordinaria, previa convocatoria
del Decano.
2. Se reunirá en sesión ordinaria una vez al año, en el primer trimestre.
3. C
on carácter extraordinario se reunirá a iniciativa de la Junta de Gobierno o a petición
de al menos, el 25% de colegiados con derecho a voto, cuya petición, dirigida al Decano,
expresará los asuntos que hayan de tratarse y los motivos que sustentan dicha solicitud.
Artículo 26. La Junta General. Convocatorias.
1. L
as sesiones ordinarias de la Junta General serán convocadas siempre con una antelación
mínima de dos meses a la fecha de su celebración, mediante comunicación escrita a todos
los colegiados con expresión del lugar y hora de celebración para primera y segunda convocatoria, así como del orden del día.
2. Q
uedará válidamente constituida la Junta General en primera convocatoria, cuando se
encuentren presentes la mitad más uno de los colegiados, y en segunda convocatoria,
cualquiera que sea el número de colegiados presentes.
3. Entre la primera y segunda convocatoria deberán transcurrir, al menos, treinta minutos.
4. N
o podrá ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que no figure incluido en el
orden del día, salvo que estén presentes todos los colegiados y sea declarada la urgencia
del asunto por mayoría simple de votos emitidos.
Artículo 27. Coordinación, actas y acuerdos.
1. L
as sesiones de la Junta General estarán presididas por el Decano acompañado por los
demás miembros de la Junta de Gobierno. El Decano será el moderador o coordinador
de las reuniones, concediendo o retirando el uso de la palabra y ordenando los debates y
votaciones.