Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2022062875)
Resolución de 22 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo para el centro de trabajo Hospital Quirónsalud Cáceres de la empresa IDCQ Hospitales y Sanidad, SL, para los años 2022-2025.
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NÚMERO 194
Viernes 7 de octubre de 2022
48862
Sin embargo, si por circunstancias del servicio fuera necesario realizar guardias localizadas
en fin de semana en el área quirúrgica por personal ajeno a tal área (fuera de la planilla),
las horas de localización serán abonadas al 50% de una hora efectiva de trabajo, sin que
computen dichas horas a los efectos de la jornada anual pactada.
Nocturnidad:
Todo el personal que realice su trabajo en el horario comprendido entre las 22 horas y las
6 horas, se abonarán según la tabla de retribuciones.
Sin embargo, las personas trabajadoras cuya jornada se realice en turno fijo de noche
no tendrán derecho a dicho plus. Dichas personas trabajadoras tendrán una jornada
anual inferior en un 5% a la fijada en este Convenio, por lo que se realizará la oportuna
compensación de este trabajo por descansos.
Se establece un Plus especial de 40 euros para la Nochebuena y Fin de Año, cuyo importe
se acumulará al percibido, en su caso, en concepto de nocturnidad por las personas
trabajadoras con derecho a su cobro. También se abonará un plus especial de 40 euros el
día 6 de enero.
Toxicidad, penosidad, peligrosidad y contagio:
Se establece un plus equivalente a 90 € mensuales para las personas trabajadoras Técnicos
de Rayos (TER) que realicen actividades tóxicas, penosas, peligrosas y contagiosas.
Las enfermeras, auxiliares y limpiadores con exposición a citostáticos, percibirán el
complemento en proporción al tiempo de exposición a dichos agentes. El cómputo se
realizará por días de exposición.
Plus Enfermería.
El personal con la categoría de Enfermero/a, percibirán un “Plus Enfermería” distribuido
en 12 pagas ordinarias, cuyo importe es de 500€ brutos mensuales en 12 mensualidades
ordinarias, dicho importe lo percibirán en proporción a la jornada de trabajo.
Artículo 26. Horas extraordinarias.
En el supuesto de realización de horas extraordinarias, dentro de los términos establecidos en
el presente Convenio, éstas se retribuirán con un incremento del 50% sobre la hora ordinaria,
salvo cuando la persona trabajadora solicitase su compensación por descanso, en cuyo caso
el tiempo de este se incrementará en un 50%.
El abono o disfrute de las mismas se hará dentro del mes siguiente de aquél en el que se
realizasen.
Viernes 7 de octubre de 2022
48862
Sin embargo, si por circunstancias del servicio fuera necesario realizar guardias localizadas
en fin de semana en el área quirúrgica por personal ajeno a tal área (fuera de la planilla),
las horas de localización serán abonadas al 50% de una hora efectiva de trabajo, sin que
computen dichas horas a los efectos de la jornada anual pactada.
Nocturnidad:
Todo el personal que realice su trabajo en el horario comprendido entre las 22 horas y las
6 horas, se abonarán según la tabla de retribuciones.
Sin embargo, las personas trabajadoras cuya jornada se realice en turno fijo de noche
no tendrán derecho a dicho plus. Dichas personas trabajadoras tendrán una jornada
anual inferior en un 5% a la fijada en este Convenio, por lo que se realizará la oportuna
compensación de este trabajo por descansos.
Se establece un Plus especial de 40 euros para la Nochebuena y Fin de Año, cuyo importe
se acumulará al percibido, en su caso, en concepto de nocturnidad por las personas
trabajadoras con derecho a su cobro. También se abonará un plus especial de 40 euros el
día 6 de enero.
Toxicidad, penosidad, peligrosidad y contagio:
Se establece un plus equivalente a 90 € mensuales para las personas trabajadoras Técnicos
de Rayos (TER) que realicen actividades tóxicas, penosas, peligrosas y contagiosas.
Las enfermeras, auxiliares y limpiadores con exposición a citostáticos, percibirán el
complemento en proporción al tiempo de exposición a dichos agentes. El cómputo se
realizará por días de exposición.
Plus Enfermería.
El personal con la categoría de Enfermero/a, percibirán un “Plus Enfermería” distribuido
en 12 pagas ordinarias, cuyo importe es de 500€ brutos mensuales en 12 mensualidades
ordinarias, dicho importe lo percibirán en proporción a la jornada de trabajo.
Artículo 26. Horas extraordinarias.
En el supuesto de realización de horas extraordinarias, dentro de los términos establecidos en
el presente Convenio, éstas se retribuirán con un incremento del 50% sobre la hora ordinaria,
salvo cuando la persona trabajadora solicitase su compensación por descanso, en cuyo caso
el tiempo de este se incrementará en un 50%.
El abono o disfrute de las mismas se hará dentro del mes siguiente de aquél en el que se
realizasen.