Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Desarrollo Sostenible. Ayudas. (2022040170)
Decreto 115/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en Áreas Protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria.
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NÚMERO 194
Viernes 7 de octubre de 2022
48706
5. C
uando la notificación se realice por distintos cauces, se tomará como fecha de notificación
aquella que se hubiera producido en primer lugar, según lo previsto en el artículo 41.7 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6. L
a falta de notificación expresa de la Resolución en el plazo establecido para ello legitima a
la persona interesada para entenderla desestimada por silencio administrativo, de acuerdo
con el artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Sexto. Comisión de valoración.
1. Para la valoración de las solicitudes se constituirá una Comisión de Valoración que emitirá
un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada y que se regirá,
en cuanto a su composición y funcionamiento, por lo dispuesto en la Sección II, Capítulo
III, Título V de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. La Comisión estará integrada por los siguientes miembros:
a) La persona que ostente la jefatura del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas, que ejercerá la presidencia.
b) La persona que ostente la Dirección de Programas de Conservación.
c) La persona que ostente la Dirección de Programas de Áreas Protegidas
d) La persona que ostente la Dirección de Programas de Especies Protegidas.
e) Un vocal designado por una persona titular de la Dirección General de Sostenibilidad de
entre el personal de su competencia, que ejercerá la Secretaría.
3. La Dirección General con competencias en materia de conservación de la naturaleza y
áreas protegidas podrá designar los respectivos suplentes de los integrantes del órgano
colegiado.
4. Los nombramientos serán publicados en la web http://extremambiente.juntaex.es/index.php
(sección ayudas/ayudas para el desarrollo sostenible), en el Portal Juntaex.es (por tiempo
determinado https://beta.juntaex.es/ y con posterioridad http://www.juntaex.es/) y en el
Diario oficial de Extremadura.
Viernes 7 de octubre de 2022
48706
5. C
uando la notificación se realice por distintos cauces, se tomará como fecha de notificación
aquella que se hubiera producido en primer lugar, según lo previsto en el artículo 41.7 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6. L
a falta de notificación expresa de la Resolución en el plazo establecido para ello legitima a
la persona interesada para entenderla desestimada por silencio administrativo, de acuerdo
con el artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Sexto. Comisión de valoración.
1. Para la valoración de las solicitudes se constituirá una Comisión de Valoración que emitirá
un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada y que se regirá,
en cuanto a su composición y funcionamiento, por lo dispuesto en la Sección II, Capítulo
III, Título V de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. La Comisión estará integrada por los siguientes miembros:
a) La persona que ostente la jefatura del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas, que ejercerá la presidencia.
b) La persona que ostente la Dirección de Programas de Conservación.
c) La persona que ostente la Dirección de Programas de Áreas Protegidas
d) La persona que ostente la Dirección de Programas de Especies Protegidas.
e) Un vocal designado por una persona titular de la Dirección General de Sostenibilidad de
entre el personal de su competencia, que ejercerá la Secretaría.
3. La Dirección General con competencias en materia de conservación de la naturaleza y
áreas protegidas podrá designar los respectivos suplentes de los integrantes del órgano
colegiado.
4. Los nombramientos serán publicados en la web http://extremambiente.juntaex.es/index.php
(sección ayudas/ayudas para el desarrollo sostenible), en el Portal Juntaex.es (por tiempo
determinado https://beta.juntaex.es/ y con posterioridad http://www.juntaex.es/) y en el
Diario oficial de Extremadura.