Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Desarrollo Sostenible. Ayudas. (2022040170)
Decreto 115/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en Áreas Protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria.
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NÚMERO 194
Viernes 7 de octubre de 2022
48699
5. Las solicitudes y la documentación que se presente irán dirigidas a la Consejería para la
Transición Ecológica y Sostenibilidad.
6. Las formas de presentación de la solicitud de pago y los documentos que la acompañan
serán las siguientes:
a) Las personas solicitantes que sean personas físicas, de conformidad con lo establecido
en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, podrán optar entre las siguientes formas de
presentación de solicitudes:
i. Utilizando el modelo normalizado de solicitud, Anexo I del presente Decreto, disponible
en Portal Juntaex.es (por tiempo determinado en https://beta.juntaex.es) cuya dirección
con posterioridad será http://www.juntaex.es, junto con los modelos de documentos que
deben acompañarse, a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la
Junta de Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf )
o en cualquiera de los registros electrónicos previstos en el artículo16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ii. Cumplimentando la solicitud de ayuda del Anexo I través de internet en la dirección
web de la Junta de Extremadura http://www.juntaex.es/con03/plataformas-aradoy-laboreo (aplicación informática “ARADO”). La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio proporcionará a las personas interesadas las claves
personalizadas de acceso al sistema informático de presentación de solicitudes, e
igualmente a través de las Oficinas Comarcales Agrarias se facilitará la acreditación
informática a los representantes de las personas destinatarias de estas ayudas que
van a colaborar con las mismas en la formulación de la solicitud.
iii. En las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura previstas
en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un
Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el
ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en
cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16. 4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
b) Las personas jurídicas y las agrupaciones sin personalidad jurídica estarán obligadas
a presentar por registro telemático la solicitud a través del portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login (aplicación informática “ARADO”) o a
través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf en los términos
Viernes 7 de octubre de 2022
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5. Las solicitudes y la documentación que se presente irán dirigidas a la Consejería para la
Transición Ecológica y Sostenibilidad.
6. Las formas de presentación de la solicitud de pago y los documentos que la acompañan
serán las siguientes:
a) Las personas solicitantes que sean personas físicas, de conformidad con lo establecido
en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, podrán optar entre las siguientes formas de
presentación de solicitudes:
i. Utilizando el modelo normalizado de solicitud, Anexo I del presente Decreto, disponible
en Portal Juntaex.es (por tiempo determinado en https://beta.juntaex.es) cuya dirección
con posterioridad será http://www.juntaex.es, junto con los modelos de documentos que
deben acompañarse, a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la
Junta de Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf )
o en cualquiera de los registros electrónicos previstos en el artículo16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ii. Cumplimentando la solicitud de ayuda del Anexo I través de internet en la dirección
web de la Junta de Extremadura http://www.juntaex.es/con03/plataformas-aradoy-laboreo (aplicación informática “ARADO”). La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio proporcionará a las personas interesadas las claves
personalizadas de acceso al sistema informático de presentación de solicitudes, e
igualmente a través de las Oficinas Comarcales Agrarias se facilitará la acreditación
informática a los representantes de las personas destinatarias de estas ayudas que
van a colaborar con las mismas en la formulación de la solicitud.
iii. En las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura previstas
en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un
Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el
ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en
cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16. 4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
b) Las personas jurídicas y las agrupaciones sin personalidad jurídica estarán obligadas
a presentar por registro telemático la solicitud a través del portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login (aplicación informática “ARADO”) o a
través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf en los términos