Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Desarrollo Sostenible. Ayudas. (2022040170)
Decreto 115/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en Áreas Protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria.
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NÚMERO 194
Viernes 7 de octubre de 2022

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7. Declaración responsable, según el modelo del Anexo VI del presente Decreto, de no estar
incurso en prohibición para obtener la condición de beneficiaria de la subvención, a tenor
del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
8. C
 ertificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado, en el caso de
no haber autorizado expresamente al órgano gestor a su consulta previa en la solicitud, así
como Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social y con la Hacienda autonómica, en el caso de oposición a su consulta de oficio por parte del órgano gestor expresado
en la solicitud.
9. En el caso que la persona solicitante no sea propietaria de los terrenos, declaración responsable de conformidad de la persona propietaria (en lo sucesivo propietaria) para la
realización de las actuaciones que integren el proyecto de conservación para el desarrollo
sostenible y, en su caso para la firma de Acuerdos de Colaboración adjuntando el Anexo III
del presente Decreto debidamente cumplimentado.
10. En el caso de que el proyecto de conservación para el desarrollo sostenible comprenda
actuaciones que se ubiquen en las lindes de fincas, como pudieran ser la sustitución de
cerramientos, se requerirá el consentimiento de la/s propietaria/s del terreno de las fincas
colindantes.
11. En su caso, la documentación del Acuerdo de Custodia del territorio establecido entre la
entidad de custodia y la persona solicitante de la ayuda y titular de la explotación de la
finca objeto de custodia.
12. Para aquellos proyectos de conservación para el desarrollo sostenible que integren actuaciones que según se establece en el Anexo IV requieren presupuesto detallado, deberá
adjuntarse, además, un presupuesto donde quede justificado el importe de las mismas,
incluyendo en cualquier caso precios y unidades (1.2, 1.5, 6.9, 9.1, 12.11, 12.13, 13.1,
15.1, 15.2, 15.3 y 16.1). Se tomarán como referencia los costes máximos establecidos
para cada actuación en el Anexo V.
13. Para los proyectos de conservación para el desarrollo sostenible que contemplen determinadas actuaciones contenidas en el Anexo IV, deberá adjuntarse, además:
a) Las relativas a desbroces y reserva de pastos, un Plan de trabajo (actuaciones 3.3, 8.1,
8.2 y 8.3)
b) Las relativas al núcleo de cría de conejos, Proyecto de Actuación (10.4)