Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062853)
Resolución de 27 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Implantación definitiva de dos depósitos de excedentes de tierras procedentes de la obra del proyecto constructivo del AVE, tramo San Rafael, Cuarto de la Jara, Aljucén-Mérida", cuya promotora es la UTE AVE Cuarto de la Jara, a ejecutar en el término municipal de Mérida. Expte.: IA21/0662.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 193
Jueves 6 de octubre de 2022

48622

— Se acondicionará el depósito de tierras de manera que se mantengan las pendientes
originales del terreno con el fin de no modificar la escorrentía superficial de la parcela.
Dado que la actuación objeto de este informe supone una modificación de la red de
drenaje superficial, se deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 16 del
Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986,
de 11 de abril, según el cual los predios inferiores están sujetos a recibir las aguas que
naturalmente y sin obra del hombre desciendan de los predios superiores, así como la
tierra o piedra que arrastren en su curso. Ni el dueño del predio inferior puede hacer
obras que impidan esta servidumbre, ni el del superior obras que la agraven. A este
objeto, se deberán se deberán construir cunetas perimetrales en el pie del talud del
depósito, de manera que las aguas pluviales sean recogidas y evacuadas sin provocar
daños a terceros.
— Deberán proyectarse las medidas necesarias para evitar el impacto sobre la hidrología
que pueda provocar la remoción de tierras durante los trabajos junto con su posterior
arrastre pluvial, al generar un incremento del aporte de sólidos a los cauces.
— En el caso de que se produzcan derrames de tierras excedentes fuera de la zona de
depósito, ya sean como consecuencia de la ejecución de los trabajos como por fenómenos
de escorrentía, se procederá a la retirada de los mismos, y se depositarán en el área de
depósito.
— Al finalizar las obras se pondrá especial atención en la retirada de cualquier material
no biodegradable o contaminante que se produzca a la hora de realizar los trabajos
(embalajes, plásticos, metales, etc.). Estos residuos deberán almacenarse de forma
separada y gestionarse por gestor autorizado.
— De acuerdo con lo señalado en el informe de la Dirección General de Bibliotecas, Museos
y Patrimonio Cultural, se estará a la lo dispuesto en citado artículo 54 de la Ley 2/1999,
de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, en relación con las
medidas a llevar a cabo por el hallazgo de restos u objetos de valor arqueológico.
— Se prestará atención a la mortalidad de fauna, especialmente de reptiles y anfibios,
por atropello u otras actividades asociadas a la obra. Para ello, se limitará al mínimo la
velocidad de circulación en toda el área del proyecto, y se colocará cartelería de aviso
de presencia de fauna en la calzada.
c. Medidas para la restauración del área.
— La restauración de cada área debe encaminarse hacia la recuperación del suelo a su uso
original. Se dispondrá cada área de actuación en perfecto estado para su uso agrícola,