Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062853)
Resolución de 27 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Implantación definitiva de dos depósitos de excedentes de tierras procedentes de la obra del proyecto constructivo del AVE, tramo San Rafael, Cuarto de la Jara, Aljucén-Mérida", cuya promotora es la UTE AVE Cuarto de la Jara, a ejecutar en el término municipal de Mérida. Expte.: IA21/0662.
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NÚMERO 193
Jueves 6 de octubre de 2022

48621

Especies Amenazadas), se notificará al personal técnico de la Dirección General de
Sostenibilidad y al agente del Medio Natural de la zona que darán las indicaciones
oportunas.
b. Medidas a considerar en la fase de construcción
— Las zonas donde se ejecuten los trabajos deberán estar marcadas con el fin de no
afectar a una superficie mayor a las del proyecto.
— La tierra vegetal retirada de cada área de depósito, a utilizar en labores de restauración,
habrá de estar debidamente acopiada en caballones de altura inferior a 2 m, en zonas
interiores de las parcelas de depósito, evitando por un lado que se disperse o derrame
en las parcelas colindantes, y por otro, que se produzca una pérdida de la misma o de
su capacidad, consecuencia de fenómenos erosivos puntuales.
— Durante la ejecución de los trabajos se procederá al riego de aquellas zonas donde
esté prevista la circulación de la maquinaria con el objeto de minimizar la emisión de
partículas. Estos riegos se intensificarán cuando las condiciones climatológicas sean
más secas.
— El acceso a las parcelas para el desarrollo de la actividad se llevará a cabo desde
el trazado de la plataforma LAV Madrid – Extremadura, aprovechando los accesos
existentes, y no abriendo nuevos pasos.
— Se limitarán los trabajos en la zona de forma que se realicen durante el horario diurno
de forma que se eviten molestias y minimice la posible afección por ruidos.
— El ruido producido por el funcionamiento de la maquinaria será minimizado con un
mantenimiento regular de la misma ya que así se eliminan los ruidos procedentes de
elementos desajustados que trabajan con altos niveles de vibración.
—
Se mantendrá la maquinaria en correcta puesta a punto en cuanto a los procesos
generadores de gases y humos, fuera de las zonas de depósito.
— No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción
externa sobrepase, al límite de parcela, los niveles máximos permitidos en la legislación
vigente.
Se cumplirá con la normativa de ruidos, el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación
de Ruidos y Vibraciones de Extremadura y Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el
que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación
acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.