Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Parque Nacional De Monfragüe. Subvenciones. (2022062855)
Resolución de 23 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos cuyos municipios forman parte del Área de Influencia Socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe para el ejercicio 2022-2023.
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NÚMERO 193
Jueves 6 de octubre de 2022
48566
a)
Iniciativas públicas tendentes a la modernización de las infraestructuras urbanas,
periurbanas y rurales destinadas al uso general, así como a la diversificación y mejora
de los servicios prestados por la Administración Local, cuando guarden una relación
directa con las finalidades y objetivos que establecen las normas de declaración del
Parque Nacional de Monfragüe o sus instrumentos de planificación.
b) Iniciativas públicas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio natural,
siempre que presenten un manifiesto valor ecológico.
c)
Iniciativas públicas orientadas a la eliminación de cualquier tipo de impacto sobre
los valores naturales o culturales que justificaron la creación del Parque Nacional de
Monfragüe, incluido el impacto visual sobre la percepción estética del Parque Nacional
ocasionado por infraestructuras preexistentes.
d) Iniciativas públicas dirigidas a garantizar la compatibilidad de las actividades y los usos
tradicionales con la finalidad y objetivos del Parque Nacional de Monfragüe.
e)
Iniciativas públicas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio
arquitectónico, así como aquellas que contribuyan a la recuperación de la tipología
constructiva tradicional, siempre que presenten un manifiesto valor histórico-artístico o
cultural a escala local.
2.
También podrán ser subvencionables, las actividades no consistentes en inversiones,
referidas a:
a) Iniciativas públicas orientadas a la divulgación de los valores e importancia del Parque
Nacional de Monfragüe entre amplios sectores de la sociedad local.
b) Iniciativas públicas destinadas a la formación de la población local en tareas relacionadas
con la gestión del Parque Nacional de Monfragüe en cualquiera de sus facetas, con la
conservación de los valores naturales y culturales que justificaron su declaración o con
el uso sostenible de los recursos naturales renovables.
3. Con carácter general, cualquier iniciativa pública expresamente contemplada en la Agenda
21 de cualquiera de los municipios que conforman el Área de Influencia Socioeconómica del
Parque Nacional de Monfragüe.
Quinto. Gastos subvencionables.
1. S
e consideran gastos subvencionables, tal y como establece el artículo 36 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aquellos
que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada,
Jueves 6 de octubre de 2022
48566
a)
Iniciativas públicas tendentes a la modernización de las infraestructuras urbanas,
periurbanas y rurales destinadas al uso general, así como a la diversificación y mejora
de los servicios prestados por la Administración Local, cuando guarden una relación
directa con las finalidades y objetivos que establecen las normas de declaración del
Parque Nacional de Monfragüe o sus instrumentos de planificación.
b) Iniciativas públicas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio natural,
siempre que presenten un manifiesto valor ecológico.
c)
Iniciativas públicas orientadas a la eliminación de cualquier tipo de impacto sobre
los valores naturales o culturales que justificaron la creación del Parque Nacional de
Monfragüe, incluido el impacto visual sobre la percepción estética del Parque Nacional
ocasionado por infraestructuras preexistentes.
d) Iniciativas públicas dirigidas a garantizar la compatibilidad de las actividades y los usos
tradicionales con la finalidad y objetivos del Parque Nacional de Monfragüe.
e)
Iniciativas públicas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio
arquitectónico, así como aquellas que contribuyan a la recuperación de la tipología
constructiva tradicional, siempre que presenten un manifiesto valor histórico-artístico o
cultural a escala local.
2.
También podrán ser subvencionables, las actividades no consistentes en inversiones,
referidas a:
a) Iniciativas públicas orientadas a la divulgación de los valores e importancia del Parque
Nacional de Monfragüe entre amplios sectores de la sociedad local.
b) Iniciativas públicas destinadas a la formación de la población local en tareas relacionadas
con la gestión del Parque Nacional de Monfragüe en cualquiera de sus facetas, con la
conservación de los valores naturales y culturales que justificaron su declaración o con
el uso sostenible de los recursos naturales renovables.
3. Con carácter general, cualquier iniciativa pública expresamente contemplada en la Agenda
21 de cualquiera de los municipios que conforman el Área de Influencia Socioeconómica del
Parque Nacional de Monfragüe.
Quinto. Gastos subvencionables.
1. S
e consideran gastos subvencionables, tal y como establece el artículo 36 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aquellos
que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada,