Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Empresa. Ayudas. (2022050172)
Orden de 30 de septiembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de actuaciones de promoción y dinamización del Emprendimiento y la Empresa en Extremadura.
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NÚMERO 193
Jueves 6 de octubre de 2022

48376

La resolución de concesión fijará expresamente el importe de la ayuda, de conformidad con
lo establecido en esta orden, y determinará las condiciones, obligaciones y plazo a que queda
sujeto la entidad beneficiaria.
La resolución será notificada, de forma electrónica, a las entidades beneficiarias de la manera
establecida en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses y se computará a
partir de la fecha de publicación de la convocatoria de ayudas. Transcurrido dicho plazo sin
que se haya notificado la resolución expresa de la concesión, las entidades solicitantes estarán legitimadas para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.
Artículo 15. Régimen de Compatibilidad de las ayudas.
Las ayudas reguladas por la presente orden serán incompatibles con otras subvenciones
a fondo perdido, que, para la misma actuación proyectada, hayan sido concedidas por las
Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de
organismos internacionales.
Artículo 16. Publicidad de las subvenciones concedidas.
Las ayudas concedidas serán objeto de publicidad a través de su publicación en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura, en el Portal de Subvenciones de la Junta de Extremadura y en Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana.
Artículo 17. Obligaciones de las entidades beneficiarias.
La concesión de la ayuda implica la aceptación, por parte de la entidad beneficiaria, de las
siguientes obligaciones:
1. R
 ealizar las actuaciones de conformidad con la documentación presentada en la solicitud.
2. U
 tilizar los elementos de imagen corporativa de “Extremadura Región Emprendedora” y de
las indicaciones que proporcione en las diferentes actuaciones subvencionadas. De este
modo en las diferentes acciones que se realicen y en los materiales que se editen, se hará
constar de manera expresa y clara la participación de la Junta de Extremadura, a través
de los elementos de imagen corporativa de “Extremadura Región Emprendedora” y de las
indicaciones que proporcione la Dirección General con competencias en materia de empresa. Dichas indicaciones serán facilitadas por la Dirección General con competencias en
materia de empresa, siendo responsabilidad de la entidad beneficiaria la realización de las
aplicaciones gráficas a cada formato y soporte.