Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2022AC0076)
Acuerdo de 28 de julio de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal "Simplificado" de Castañar de Ibor.
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NÚMERO 192

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Miércoles 5 de octubre de 2022

‐ Se procurará el uso de instalaciones de producción de energía
eléctrica renovable destinadas al autoconsumo.
En la ordenación de las grandes infraestructuras se evitará, con carácter general, la
afección a los lugares de la Red Natura 2000, especialmente a los hábitats de interés
comunitario y especies Natura 2000 por los que fueron designados. Para ello se tendrán en
cuenta las siguientes directrices:
‐ Se promoverá la ordenación integral de las infraestructuras energéticas y de
transporte, evitando su dispersión territorial, minimizándose así la afección ambiental
de las mismas.
‐ Las nuevas infraestructuras viarias (vías férreas, carreteras y pisas) se localizarán
preferentemente fuera de la ZIP y ZAI.
‐ Las nuevas líneas eléctricas, salvo que no existan alternativas técnica, económica y/o
ambientalmente viables, se emplazarán fuera de la ZIP. Asimismo, en la ZAI de las ZEPA,
las nuevas líneas de alta tensión (tensión nominal eficaz entre fases igual o superior a
1KV) que puedan comprometer el estado de las especies por las que fueron designadas,
serán enterradas si ambiental, técnica y económicamente es viable y, en los casos en
los que la zona esté declarada también como ZEC, siempre y cuando no se comprometa
el estado de conservación de los hábitats y /o especies por los que fue declarada.
En cuanto al establecimiento de medidas para evitar la colisión y electrocución
de avifauna se atenderá a lo establecido en la normativa sectorial vigente (Real Decreto
1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la
avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, el
Decreto 47/2004, de 20 de abril, por el que se dictan normas de carácter técnico de
adecuación de las líneas eléctricas para la protección del medio ambiente en
Extremadura y la Resolución de 14 de julio de 2014 de la Dirección General de Medio
Ambiente, por la que se delimitan las áreas prioritarias de reproducción, alimentación,
dispersión y concentración de las especies de aves incluidas en el Catálogo de Especies
Amenazadas de Extremadura en las que serán de aplicación las medidas para la
protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en las líneas aéreas de alta
tensión).
Las nuevas instalaciones industriales de producción de energía se localizarán
preferentemente fuera de la ZIP y de la ZAI.
Las antenas, torretas metálicas, subestaciones eléctricas, infraestructuras de
telecomunicaciones etc. se localizarán preferentemente en la ZI y ZUG.
Las canalizaciones, encauzamientos y correcciones del trazado de los cauces
serán excepcionales en los lugares de la Red Natura 2000, debiendo estar plenamente
justificadas. Salvo en tramos muy degradados o incluidos en núcleos urbanos, la
justificación debe estar asociada a motivos de seguridad frente a riesgos naturales.

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