Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062829)
Resolución de 20 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Plantación de almendros en riego por goteo sobre 106,8737 ha, en la finca Viñuelas", cuya promotora es Almendralia Ibérica, SLU, en el término municipal de Galisteo (Cáceres). Expte.: IA22/0400.
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NÚMERO 191
Martes 4 de octubre de 2022

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matorralización mediante siembras de mejora con laboreo somero.


2.2. En las tierras arables se realizarán siembras al tercio o al cuarto. No se harán
labores agrícolas entre los meses de marzo a junio. Se procurará el mantenimiento a largo plazo de los barbechos evitando su laboreo y el tratamiento con
productos fitosanitarios. Se dejará una franja de la hoja de cultivo sin cosechar
(un pase de tractor). Se prohíbe el uso de purines como fertilizante.



2.3. En los pastos arbustivos se fomentará el arbolado forestal mediante desbroces y
apostados.
3. Se pondrá especial cuidado en no dañar la vegetación arbórea autóctona y/o su regenerado existente en las zonas adyacentes a la explotación, las lindes existentes y los
cauces permanentes y/o temporales, así como aquellos elementos de la vegetación
arbustiva que pertenezcan a etapas más evolucionadas. Se recomienda la señalización previa de los elementos a proteger para que el maquinista pueda diferenciarlos.
No se efectuará ninguna actuación fuera de las zonas delimitadas previamente.
4. Se respetarán las áreas con vegetación natural existentes entre las zonas de cultivo
y la presente en las lindes de las parcelas, los cauces y charcas (aunque sean temporales), los afloramientos rocosos, los muros de piedra y los manantiales. Asimismo,
se crearán lindes de vegetación natural en el perímetro de las parcelas de cultivo (2
metros de anchura mínimo). Estas zonas deberán conservarse íntegramente, fomentando las mismas y evitando cualquier afección negativa, no pudiendo ser desbrozadas, ni se podrán aplicar herbicidas o plaguicidas y/o realizar quemas o dejar restos
vegetales o residuos en su zona de influencia.
5. Respecto a posibles actuaciones relacionadas con la vegetación en dominio público hidráulico o su zona de policía, se indica que deberá disponer de autorización por parte
de la Confederación Hidrográfica del Tajo y seguir las siguientes indicaciones:



5.1. Si se prevén desbroces se indica que se utilizarán medios manuales. En el caso
de que excepcionalmente se utilicen medios mecánicos para realizar alguna de
las labores, estas no deberán afectar al cauce ni a su conformación, ni provocar
alteraciones en el sistema fluvial. Si estos medios mecánicos incluyeran el uso de
maquinaria pesada, se evitará su acceso al cauce, debiendo realizar las actuaciones desde sus márgenes, extremando los cuidados para que no se produzcan
erosiones o alteraciones en el terreno que conforma las riberas



5.2. No se eliminará toda la vegetación del cauce y sus riberas, debiendo ceñirse la
actuación a la retirada selectiva de plantas herbáceas o arbustivas anuales que