Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2022062841)
Resolución de 22 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del "Acuerdo sobre condiciones comunes de trabajo de los empleados públicos al servicio del Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres".
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NÚMERO 190
Lunes 3 de octubre de 2022

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CAPÍTULO VI
Derechos Sindicales
Artículo 28. Órganos de Representación del Personal.
1. Son los órganos representativos y colegiados de todos los empleados públicos. que se
constituyen al amparo de la legislación vigente.
2. Serán objeto de negociación por los Órganos de Representación del Personal, las materias
establecidas en la normativa vigente.
3. Los Órganos de representación del personal recibirán información que le será facilitada
trimestralmente sobre la política de personal del Ayuntamiento.
4. Los órganos de representación recibirán de la Corporación el Presupuesto y la memoria anual.
5. Los órganos de representación del personal emitirán informe a solicitud del Ayuntamiento
sobre las materias en las que legalmente deban emitirlo.
6. Los órganos de representación del personal serán informados de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves, así como la apertura de expedientes disciplinarios, informativos, y sancionadores.
7. El Ayuntamiento habilitará a los órganos de representación del personal independientemente un local adecuado para el ejercicio de sus funciones. Asimismo, autorizará a sus
miembros el uso de las fotocopiadoras del Ayuntamiento y de todos los medios necesarios
para el desarrollo de su actividad, con el visto bueno previo del Concejal Delegado de Personal o Jefe del Centro o del Servicio.
8. Se entregará una copia básica de los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres.
Artículo 29. Garantías.
Los miembros de los órganos de representación del personal gozarán de los derechos y garantías que en el ejercicio de sus funciones les reconoce la legislación vigente.
Los Delegados de Personal como Representantes legales de los Empleados Públicos, dispondrán en el ejercicio de sus funciones representativas, de las siguientes garantías y derechos:
a) El acceso y libre circulación por las dependencias del Ayuntamiento sin entorpecer el
normal funcionamiento de estas.