Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2022062841)
Resolución de 22 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del "Acuerdo sobre condiciones comunes de trabajo de los empleados públicos al servicio del Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres".
43 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 190

47256

Lunes 3 de octubre de 2022

CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Partes que intervienen.
1. En el presente Acuerdo intervienen como partes, en su consideración de Administración
Pública, el Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres, y los empleados públicos al servicio de
dicho Ayuntamiento, representados a través de sus organizaciones sindicales.
2. Ambas partes se reconocen mutuamente legitimadas para negociar el presente Acuerdo,
en los términos indicados en el artículo 33 del TREBEP.
Artículo 2. Ámbito personal y funcional.
1. El presente Acuerdo regulará las condiciones de trabajo entre el Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres y los empleados públicos al servicio directo de la Corporación, que ocupan
plazas incluidas en la RPT del Ayuntamiento en cada ejercicio presupuestario.
2. El personal no incluido en la RPT, contratado por Ayuntamiento bajo cualquier modalidad
contractual temporal, se regirá por lo previsto en el Anexo I del presente Acuerdo en cuanto a Grupos Profesionales y Régimen Retributivo se refiere.
3. El ámbito funcional está determinado por la totalidad de los servicios, actividades y competencias que ejerza el Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres por disposición normativa
o por voluntad de los órganos de Gobierno de este, en aplicación de lo establecido en el
artículo 25 de la Ley de Bases de Régimen Local y demás disposiciones de aplicación.
4. Los acuerdos, disposiciones, resoluciones y normas municipales, en tanto no contradigan
lo establecido en el presente Acuerdo se aplicarán a los empleados públicos municipales en
lo que les sea más favorable.
Artículo 3. Ámbito Territorial y Temporal.
1. El ámbito territorial del Acuerdo abarcará el que corresponda al ejercicio de las competencias legalmente atribuidas al Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres.
2. El Acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación por el Pleno Corporativo, independientemente de la fecha de homologación e inscripción por la Autoridad Competente, permaneciendo vigente desde su publicación y hasta el 31 de diciembre de 2025.