Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062818)
Resolución de 22 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Plantación de almendros y mejora de regadío sobre una superficie de 363,5 ha", cuya promotora es NCF ESP PROPCO, SL, en los términos municipales de Holguera, Torrejoncillo y Riolobos (Cáceres). Expte.: IA22/0464.
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NÚMERO 190
Lunes 3 de octubre de 2022

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segura, tanto por la mayor diversificación de producciones que permite, como por la
reducción de los riesgos climáticos derivados de la variabilidad de las producciones. No
obstante, el impacto será limitado debido a la extensión de la explotación proyectada y
la mecanización de los sistemas productivos actuales.


3.3.11. Sinergias y efectos acumulativos.

Al tratarse de un proyecto de mejora y modernización de regadíos en una Zona Regable
ya existente, no se esperan efectos sinérgicos o acumulativos negativos con otros
proyectos de igual naturaleza.


3.3.12. Vulnerabilidad del proyecto.

En el documento ambiental aportado por la promotora se indica que el proyecto no se
encuentra bajo la aplicación de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad
Medioambiental, tampoco está incluido dentro del Decreto Legislativo 1/2016 de
diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control
integrados de la contaminación y, como consecuencia, no tiene obligatoriedad de
realizar un estudio de análisis de riesgos medioambientales en el que se realizase una
cuantificación de los efectos esperados sobre los factores ambientales como consecuencia
de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o catástrofes, así
como el riesgo de que se produjesen dichos accidentes y sobre los probables efectos
adversos significativos sobre el medio ambiente en caso de suceso. No obstante, se han
valorado los riesgos indicados por el PLATERCAEX (Plan Territorial de Protección Civil de
la Comunidad Autónoma de Extremadura), para la zona de actuación, concluyéndose
que no existen riesgos potencialmente altos, ya que la mayoría de ellos se catalogan
como bajos. Por último, de manera específica se indica que el riesgo de inundaciones
es moderado y el de incendios moderado-alto, sin embargo, se llevará a cabo una
restauración de los bosques de ribera que ayudará a ofrecer protección frente a las
inundaciones, y buenas prácticas durante las fases de construcción y funcionamiento
que reducirán la probabilidad de incendios.
Por otro lado, cabe indicar respecto a las balsas proyectadas que las comunidades
autónomas designarán a los órganos competentes en materia de seguridad en relación
con las presas, embalses y balsas situados en el DPH cuya gestión les corresponda,
y en todo caso en relación con las presas, embalses y balsas ubicados fuera del DPH
(como es el caso), siendo el Órgano competente en este caso la Dirección General
de Planificación e Infraestructuras Hidráulicas, que determinará en su caso las
correspondientes medidas en materia de seguridad, las cuales no forman parte del
objeto de la presente evaluación ambiental.