Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062806)
Resolución de 21 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental para el proyecto de parque eólico "Plasencia" de 10 MW e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada, en los términos municipales de Plasencia y Malpartida de Plasencia (Cáceres). Expte.: IA 21/986.
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NÚMERO 190
Lunes 3 de octubre de 2022

47378

Todo el EsIA y sus documentos tienen en cuenta que las repercusiones de este proyecto
es zonas de hábitat fuera de los propios espacios, y las conclusiones a las que se llegan
están basadas en dos ciclos anuales completos, uno bibliográfico del EIA del Merengue
II, y otro propio, donde se ha tenido en cuenta las nidificaciones de las especies clave,
los movimientos migratorios, rutinarios, premigratorios y de invernada de los elementos
clave que pudieran usar el espacio de implantación.
Es decir, no hay ninguna duda de que la conservación de las especies amenazadas debe
realizarse también fuera de los propios espacios declarados, pero cuando el espacio
estudiado para la implantación suponga hábitat de reproducción, migración o invernada.
Además, en el caso de quirópteros no se ha detectado ninguna de estas situaciones, y
respecto a los restantes elementos clave se analizan individualmente, y se comparan
con los datos de mortalidad existentes en el Merengue I, mostrando como tres años
y medio después de su puesta en funcionamiento, no hay efectos en las poblaciones
de los elementos clave en un entorno de 15 km. Únicamente hay una incidencia en un
ejemplar de buitre negro, frente a los cientos de pollos de buitre negro muertos por las
sucesivas olas de calor de finales de la primavera y verano de 2022, debidos al cambio
climático, el principal objetivo de lucha del proyecto, contribuir a combatir el cambio
climático.
“2.5. La Directiva Hábitats exige la aplicación del “principio de cautela” en la evaluación
de las afecciones a la Red Natura 2000”.
El principio de cautela debe aplicarse no solo cuando hay certeza de afección a taxones
o hábitats, sino cuando hay sospechas. Como hemos dicho en el punto anterior, el caso
del único parque eólico funcionando en Extremadura, de mucha mayor extensión que
el proyecto evaluado aquí, y colocado en una zona de menor relieve, y fuera de los
espacios de conectividad forestal entre espacios Red Natura.
Estas zonas fueron analizadas en el estudio elaborado por la Escuela Técnica superior
de Montesconectividad forestal de especies entre zonas forestales de la Red Natura
2000.
El único problema de la zona para las grandes rapaces es la presencia de ganado, que
se va a retirar de la zona en la medida de lo posible (pilar clave en la propuesta de
medidas para este proyecto).


“2.6. Incompleta evaluación de las repercusiones del proyecto en la Red Natura 2000”.

Sobre el contenido del punto 2.6 de la alegación de ADENEX, donde reitera que el EsIA
incumple la exigencia de una adecuada evaluación de las repercusiones del proyecto en