Consejería De Educación Y Empleo. Programas Educativos. Ayudas. (2022062666)
Resolución de 5 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se realiza la convocatoria de ayudas destinadas a financiar el desarrollo de Programas de Refuerzo Educativo Competencial (PROA +) en centros educativos concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura para las anualidades 2022, 2023 y primer semestre del 2024.
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NÚMERO 188
Jueves 29 de septiembre de 2022

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3. La graduación de los incumplimientos se determinará de acuerdo con los criterios siguientes:
3.1. Sin perjuicio de otros supuestos, serán causas de pérdida del derecho al cobro o causas
de la obligación del reintegro total de la subvención concedida, las siguientes:
a) El incumplimiento total de las finalidades para el cual se concedió la subvención o de la
obligación de justificación de ésta dará lugar al reintegro del 100 % de la subvención
concedida.
b) El incumplimiento por parte de la entidad beneficiaria de las obligaciones impuestas
como consecuencia de la concesión de la subvención, así como el falseamiento de los
datos suministrados.
c) La no adopción de las medidas correctoras ordenadas por la Consejería con competencias en materia educativa, como consecuencia de las anomalías advertidas en el desarrollo de las acciones formativas.
d) El incumplimiento de los requerimientos expresos de aportar la información y documentación que se estime necesaria para el seguimiento y control de la actividad subvencionada.
e) L
 a obtención de una valoración global nula o insuficiente de la acción formativa como
consecuencia de las actuaciones y visitas de comprobación realizados por los Servicios
implicados de la Consejería de Educación y Empleo, a lo largo de su desarrollo.
f) La interrupción de las clases durante más de dos días lectivos en un mismo mes, por
causas no justificadas imputables a la entidad beneficiaria, y sin la autorización debida
por parte de la Consejería con competencias en materia educativa.
g) La exigencia al alumnado de alguna cantidad en concepto de matrícula, reserva de plaza
u otros conceptos y la vulneración del requisito de gratuidad.
h) La inexactitud o la falsedad de las declaraciones responsables, además de suponer
causa de exclusión del solicitante, es también causa de revocación, sin perjuicio de las
responsabilidades de cualquier tipo en que haya podido incurrir.
3.2. Serán causas de reducción proporcional de la subvención, las siguientes:
a) La percepción de otras ayudas para la misma finalidad, si el importe total de las subvenciones recibidas supera el coste de la implementación del correspondiente programa
educativo.