Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062775)
Resolución de 20 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Arañuelo E" e infraestructura de evacuación, en el término municipal de El Gordo. Expte.: IA21/1577.
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NÚMERO 186
Martes 27 de septiembre de 2022
46625
• Previamente al inicio de los trabajos debe haberse producido la desafectación de los
montes comunales “Las Dehesillas y Ventas” propiedad de los vecinos de El Gordo de
acuerdo con lo previsto en la legislación de montes y/o en la regulación propia de los
montes comunales, tal como se refleja en el acta de autorización de la comisión de
vecinos de 10 de octubre de 2019.
• Como alternativa a la desafectación podrá plantearse por el Ayuntamiento de El Gordo, como administración gestora del monte, someterlo a otorgamiento de concesión
demanial. En este caso la concesión debe ser anterior a la ocupación del monte y se
regirá por lo previsto en el “Título V” de la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Respecto al informe de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, la promotora cumple con las recomendaciones indicadas en dicho informe, adjuntando como anexo al EsIA la memoria de prospección arqueológica superficial realizada,
emitiendo el Servicio de Patrimonio Cultural y Archivos Históricos un nuevo informe
con fecha 18 de noviembre de 2021, sobre la afección arqueológica en la prospección
arqueológica superficial del proyecto ISF “Arañuelo E”, donde se informa que:
Recibido el informe arqueológico INT/2021/134 en el que se detallan los resultados de
la prospección arqueológica superficial del proyecto ISF “Arañuelo E”, el resultado de la
prospección ha sido positivo en cuanto a la presencia de elementos arqueológicos constatables en superficie: Afección directa: PA-01. Yacimiento “Arroyo de los Bohonales”
(Romano). / Hallazgos aislados.
Dada la cercanía de la instalación prevista respecto a numerosos elementos de naturaleza arqueológica y a la amplia superficie abarcada por la zona de estudio, con vistas a
la protección del patrimonio arqueológico no detectado durante los trabajos previos y
que pudiera verse afectado por el proceso de ejecución de las obras, se adoptarán por
la empresa adjudicataria las siguientes medidas correctoras:
Con carácter previo al desarrollo de las obras:
• Deberán excluirse de la obra de referencia los yacimientos arqueológicos n.º 1, según las coordenadas de localización mencionadas en el informe, estableciéndose un
perímetro de protección con un radio de 200 metros. Dentro de la citada zona de
protección se prohíbe cualquier actividad relacionada con la instalación de paneles
fotovoltaicos, de los accesos a los mismos y de su línea de evacuación. También, se
habrá de balizar dicha zona con el fin de evitar tránsitos de maquinaria pesada o que
se utilice la misma como lugar de acopios de materiales constructivos.
Martes 27 de septiembre de 2022
46625
• Previamente al inicio de los trabajos debe haberse producido la desafectación de los
montes comunales “Las Dehesillas y Ventas” propiedad de los vecinos de El Gordo de
acuerdo con lo previsto en la legislación de montes y/o en la regulación propia de los
montes comunales, tal como se refleja en el acta de autorización de la comisión de
vecinos de 10 de octubre de 2019.
• Como alternativa a la desafectación podrá plantearse por el Ayuntamiento de El Gordo, como administración gestora del monte, someterlo a otorgamiento de concesión
demanial. En este caso la concesión debe ser anterior a la ocupación del monte y se
regirá por lo previsto en el “Título V” de la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Respecto al informe de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, la promotora cumple con las recomendaciones indicadas en dicho informe, adjuntando como anexo al EsIA la memoria de prospección arqueológica superficial realizada,
emitiendo el Servicio de Patrimonio Cultural y Archivos Históricos un nuevo informe
con fecha 18 de noviembre de 2021, sobre la afección arqueológica en la prospección
arqueológica superficial del proyecto ISF “Arañuelo E”, donde se informa que:
Recibido el informe arqueológico INT/2021/134 en el que se detallan los resultados de
la prospección arqueológica superficial del proyecto ISF “Arañuelo E”, el resultado de la
prospección ha sido positivo en cuanto a la presencia de elementos arqueológicos constatables en superficie: Afección directa: PA-01. Yacimiento “Arroyo de los Bohonales”
(Romano). / Hallazgos aislados.
Dada la cercanía de la instalación prevista respecto a numerosos elementos de naturaleza arqueológica y a la amplia superficie abarcada por la zona de estudio, con vistas a
la protección del patrimonio arqueológico no detectado durante los trabajos previos y
que pudiera verse afectado por el proceso de ejecución de las obras, se adoptarán por
la empresa adjudicataria las siguientes medidas correctoras:
Con carácter previo al desarrollo de las obras:
• Deberán excluirse de la obra de referencia los yacimientos arqueológicos n.º 1, según las coordenadas de localización mencionadas en el informe, estableciéndose un
perímetro de protección con un radio de 200 metros. Dentro de la citada zona de
protección se prohíbe cualquier actividad relacionada con la instalación de paneles
fotovoltaicos, de los accesos a los mismos y de su línea de evacuación. También, se
habrá de balizar dicha zona con el fin de evitar tránsitos de maquinaria pesada o que
se utilice la misma como lugar de acopios de materiales constructivos.