Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062775)
Resolución de 20 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Arañuelo E" e infraestructura de evacuación, en el término municipal de El Gordo. Expte.: IA21/1577.
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NÚMERO 186
Martes 27 de septiembre de 2022
46621
• Una vez recibido el informe señalado en el apartado anterior, se cursará, si procede,
visita de evaluación con carácter previo y con posterioridad se emitirá por técnicos
del Servicio de Patrimonio Cultural y Archivos Históricos el preceptivo documento
de viabilidad arqueológica con indicación de los criterios técnicos y metodológicos
que deberán adoptarse por la promotora para el correcto desarrollo de la actividad
propuesta. Estas propuestas serán reflejadas en el EsIA teniéndolas en cuenta para
la valoración de las alternativas planteadas, la caracterización y minimización de los
impactos y reflejadas en el PVA en cada una de sus fases (construcción, explotación
y desmantelamiento).
A tenor de lo expuesto en los apartados anteriores se informa que el EsIA del proyecto,
no reúne información suficiente y medidas adecuadas que caractericen, prevengan y
minimicen afecciones al patrimonio cultural por lo que se propone al órgano ambiental
que no emita DIA favorable hasta que el EsIA no refleje en sus contenidos las recomendaciones expuestas en este informe sectorial.
— El Servicio de Producción Agraria de la Dirección General de Agricultura y Ganadería
emite informe con fecha de 26 de agosto de 2021, donde indica que todos los recintos
son de secano y la línea de evacuación es subterránea, por lo que no afectaría al desarrollo de la actividad agropecuaria propia de la zona. Las parcelas en cuestión tienen
valor desde el punto de vista agrario. Son tierras dedicadas el cultivo de cereales de
invierno o leguminosas, a olivar o a viñedo. Este valor es indefinido y variable en el
tiempo debido al gran número de factores que influyen en el mismo, desde factores
productivos, a factores de mercado, demanda, oferta, precio de venta de los productos.
Las características de las parcelas propuestas son las propias de una parcela con uso
agrario, con unas propiedades adecuadas para la producción agropecuaria rentable,
pero sin ninguna característica especial que la diferencie sobre cualquier parcela del
entorno. Teniendo en cuenta lo expuesto, se informa que por parte de este Servicio de
Producción Agraria no hay inconvenientes derivados de la ejecución y puesta en marcha
de la ISF Arañuelo E e infraestructura de evacuación en la ubicación propuesta.
— El Servicio de Regadíos de la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural, emite
informe con fecha de 2 de septiembre de 2021, donde se informa que, el proyecto no
incide sobre competencias de este Servicio, por no ubicarse sobre bienes especiales
adquiridos al amparo de las normas sobre colonización y desarrollo agrario, ni afectar a
actuaciones en materia de regadíos o concentración parcelaria, reguladas en los títulos
II, IV y V de la ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura.
— La Dirección General de Salud Pública, emite informe con fecha de 6 de septiembre de
2021, donde indica que se detecta falta de información sobre:
Martes 27 de septiembre de 2022
46621
• Una vez recibido el informe señalado en el apartado anterior, se cursará, si procede,
visita de evaluación con carácter previo y con posterioridad se emitirá por técnicos
del Servicio de Patrimonio Cultural y Archivos Históricos el preceptivo documento
de viabilidad arqueológica con indicación de los criterios técnicos y metodológicos
que deberán adoptarse por la promotora para el correcto desarrollo de la actividad
propuesta. Estas propuestas serán reflejadas en el EsIA teniéndolas en cuenta para
la valoración de las alternativas planteadas, la caracterización y minimización de los
impactos y reflejadas en el PVA en cada una de sus fases (construcción, explotación
y desmantelamiento).
A tenor de lo expuesto en los apartados anteriores se informa que el EsIA del proyecto,
no reúne información suficiente y medidas adecuadas que caractericen, prevengan y
minimicen afecciones al patrimonio cultural por lo que se propone al órgano ambiental
que no emita DIA favorable hasta que el EsIA no refleje en sus contenidos las recomendaciones expuestas en este informe sectorial.
— El Servicio de Producción Agraria de la Dirección General de Agricultura y Ganadería
emite informe con fecha de 26 de agosto de 2021, donde indica que todos los recintos
son de secano y la línea de evacuación es subterránea, por lo que no afectaría al desarrollo de la actividad agropecuaria propia de la zona. Las parcelas en cuestión tienen
valor desde el punto de vista agrario. Son tierras dedicadas el cultivo de cereales de
invierno o leguminosas, a olivar o a viñedo. Este valor es indefinido y variable en el
tiempo debido al gran número de factores que influyen en el mismo, desde factores
productivos, a factores de mercado, demanda, oferta, precio de venta de los productos.
Las características de las parcelas propuestas son las propias de una parcela con uso
agrario, con unas propiedades adecuadas para la producción agropecuaria rentable,
pero sin ninguna característica especial que la diferencie sobre cualquier parcela del
entorno. Teniendo en cuenta lo expuesto, se informa que por parte de este Servicio de
Producción Agraria no hay inconvenientes derivados de la ejecución y puesta en marcha
de la ISF Arañuelo E e infraestructura de evacuación en la ubicación propuesta.
— El Servicio de Regadíos de la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural, emite
informe con fecha de 2 de septiembre de 2021, donde se informa que, el proyecto no
incide sobre competencias de este Servicio, por no ubicarse sobre bienes especiales
adquiridos al amparo de las normas sobre colonización y desarrollo agrario, ni afectar a
actuaciones en materia de regadíos o concentración parcelaria, reguladas en los títulos
II, IV y V de la ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura.
— La Dirección General de Salud Pública, emite informe con fecha de 6 de septiembre de
2021, donde indica que se detecta falta de información sobre: