Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022062774)
Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el centro de clasificación, tipificación, homogeneización y engorde de corderos, promovida por Sociedad Cooperativa Ganadera Sierra de San Pedro, en el término municipal de Alburquerque (Badajoz).
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NÚMERO 186
46582
Martes 27 de septiembre de 2022
RELACIÓN DE CONSULTADOS
RESPUESTA
Ecologistas en Acción Extremadura
-
ADENEX
-
SEO Bird/Life
-
AMUS
-
GREENPEACE
-
FUNDACIÓN NATURALEZA Y HOMBRE
-
C) Resumen del análisis técnico del expediente.
Con fecha 25 de octubre de 2021, la DGS comunica a la promotora que en el periodo de
información pública y consultas a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas
interesadas, se han recibido los siguientes informes, cuya copia se adjunta, para su conocimiento y consideración en la redacción, en su caso, de la nueva versión del proyecto y en
el estudio de impacto ambiental. Se adjuntan informes de la Confederación Hidrográfica
del Guadiana, Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, Servicio de
Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, Servicio de Infraestructuras Rurales,
Demarcación de Carreteras del Estado, y de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio.
Con fecha 25 de noviembre de 202l la promotora presenta en la DGS la solicitud de inicio
de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto de cebadero de terneros y el
resto de documentación en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la DGS, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se
inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70 de la precitada ley.
En el análisis se determina que la promotora ha tenido debidamente en cuenta los informes y alegaciones recibidas. La promotora manifiesta su conformidad y se compromete a
implementar cada una de las medidas propuestas.
Revisado el documento técnico del proyecto y los informes emitidos, con toda la información hasta aquí recabada se elabora la declaración de impacto ambiental.
C.1. Análisis ambiental para la selección de alternativas.
La promotora ha estudiado, además de la alternativa 0, tres alternativas de ubicación
para el proyecto, que se describen y analizan a continuación, justificando la alternativa
propuesta en base a diversos criterios, entre los que está el ambiental.
46582
Martes 27 de septiembre de 2022
RELACIÓN DE CONSULTADOS
RESPUESTA
Ecologistas en Acción Extremadura
-
ADENEX
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SEO Bird/Life
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AMUS
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GREENPEACE
-
FUNDACIÓN NATURALEZA Y HOMBRE
-
C) Resumen del análisis técnico del expediente.
Con fecha 25 de octubre de 2021, la DGS comunica a la promotora que en el periodo de
información pública y consultas a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas
interesadas, se han recibido los siguientes informes, cuya copia se adjunta, para su conocimiento y consideración en la redacción, en su caso, de la nueva versión del proyecto y en
el estudio de impacto ambiental. Se adjuntan informes de la Confederación Hidrográfica
del Guadiana, Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, Servicio de
Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, Servicio de Infraestructuras Rurales,
Demarcación de Carreteras del Estado, y de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio.
Con fecha 25 de noviembre de 202l la promotora presenta en la DGS la solicitud de inicio
de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto de cebadero de terneros y el
resto de documentación en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la DGS, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se
inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70 de la precitada ley.
En el análisis se determina que la promotora ha tenido debidamente en cuenta los informes y alegaciones recibidas. La promotora manifiesta su conformidad y se compromete a
implementar cada una de las medidas propuestas.
Revisado el documento técnico del proyecto y los informes emitidos, con toda la información hasta aquí recabada se elabora la declaración de impacto ambiental.
C.1. Análisis ambiental para la selección de alternativas.
La promotora ha estudiado, además de la alternativa 0, tres alternativas de ubicación
para el proyecto, que se describen y analizan a continuación, justificando la alternativa
propuesta en base a diversos criterios, entre los que está el ambiental.