Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022062774)
Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el centro de clasificación, tipificación, homogeneización y engorde de corderos, promovida por Sociedad Cooperativa Ganadera Sierra de San Pedro, en el término municipal de Alburquerque (Badajoz).
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NÚMERO 186
Martes 27 de septiembre de 2022



46581

— Con fecha 13 de marzo de 2021 la Dirección General de Urbanismo informa que “En
relación con la consulta de referencia se informa que, a efectos de ordenación del
territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no se detecta afección sobre
ningún Plan Territorial ni Proyecto de Interés Regional con aprobación definitiva (Ley
15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación del Territorio de Extremadura,
con modificaciones posteriores). Asimismo, no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial general (Plan Territorial), de ordenación territorial
de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan Especial de Ordenación del Territorio) ni de
intervención directa (Proyecto de Interés Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, en vigor
desde el 27 de junio de 2019”.



— Con fecha 13 de mayo de 2021 la Dirección General de Salud Pública informa favorablemente al respecto.



— Con fecha la 13 de abril de 2021 la Dirección General de Carreteras del Estado emite
informe en el que indica que las actuaciones proyectadas están situadas fuera de las
zonas de protección de vías de titularidad estatal.
Durante el procedimiento de consultas se solicitó informe del Agente del Medio Natural.
Estos informes han sido considerados en el análisis técnico del expediente a la hora de
formular la presente declaración de impacto ambiental y la contestación a los mismos
debe entenderse implícita en las medidas preventivas, protectoras y correctoras a las
que se sujetará la ejecución del proyecto y el desarrollo de la actividad.
Las consideraciones de la promotora a estos informes se han integrado en el apartado C.
“Resumen del análisis técnico del expediente” de esta declaración de impacto ambiental.

B.3. Trámite de consultas a las personas interesadas.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 67 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad, además de a las Administraciones Públicas afectadas, también
consultó y a las personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, interesadas o vinculadas con el medio ambiente. Las consultas realizadas se relacionan en la tabla adjunta.
Se han señalado con una “X” aquellas que han emitido informe o formulado alegaciones
a dichas consultas.