Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062742)
Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Puesta en riego de 82,1833 ha en la finca La Jarilla de Nogales en el término municipal de Don Benito", cuya promotora es D.ª M.ª Antonia Ceballos Zúñiga-Nogales, en el término municipal de Don Benito (Badajoz). Expte.: IA17/1760.
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NÚMERO 185
Lunes 26 de septiembre de 2022

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6. Se recomienda a nivel de parcela y/o explotación instalar temporizadores de riego para
garantizar la optimización y uso racional del agua, adaptándose a las necesidades del
cultivo. Se llevará a cabo un uso eficiente y racional del recurso hídrico concedido, en
función de las necesidades reales del cultivo y las condiciones meteorológicas en cada
campaña de riego.
7. E
 n ningún caso se añadirán productos agroquímicos (fitosanitarios, fertilizantes, herbicidas, etc.) directamente al agua acumulada en las balsas de regulación y/o acumulación del agua para riego.
8. Se recomienda que el equipo de bombeo para la extracción y aprovechamiento de aguas
sea de energía renovable, es decir, mediante la instalación de placas solares y no por
motores de combustión que puedan generar contaminación de aceites o combustibles
a la capa freática, así como de gases nocivos a la atmosfera. En caso de utilizarse un
motor tradicional (combustión) se adoptarán medidas encaminadas a reducir los ruidos
procedentes del equipo de bombeo. El ruido exterior de los motores deberá ser acorde
con lo establecido en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos
y Vibraciones (DOE n.º 18, de 11 de febrero). Por lo que los grupos electrógenos deberán
estar dentro de casetas/naves insonorizadas al efecto, y éstas se adecuarán al entorno
rural mediante medidas de integración paisajística (acabados rústicos, colores naturales,
evitar materiales reflectantes como galvanizados en cubiertas y depósitos, etc.).
9. No se emplearán herbicidas en el manejo de la plantación. Se mantendrá la vegetación
entre las calles de plantación. En caso de ser necesario el control de la vegetación herbácea espontanea entre las calles se podrá realizar mediante pastoreo, motodesbrozadora manual o bien mediante labrado somero siempre fuera del periodo comprendido
entre marzo y julio ambos incluidos; periodo sensible para las aves esteparias que pueden alimentarse y/o refugiarse en la parcela, o incluso reproducirse en sus lindes.
10. En ningún caso debe realizarse la recolección nocturna de estos olivares superintensivos, por la mortalidad de pequeñas aves migratorias o invernantes que ha sido detectada en la península ibérica. Las aves usan estos setos de olivares como refugio para
pasar la noche y en caso de realizarse la recolección mecanizada en horario nocturno,
muchas de ellas mueren accidentalmente.
11. La vegetación de los arroyos no se verá afectada por ninguna operación agrícola.
12. En aquellas operaciones en las que se generen restos vegetales (podas, desbroces,
etc.), se atenderá a lo dispuesto en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. En este sentido, con carácter general,
no está permitida la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario,