Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062742)
Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Puesta en riego de 82,1833 ha en la finca La Jarilla de Nogales en el término municipal de Don Benito", cuya promotora es D.ª M.ª Antonia Ceballos Zúñiga-Nogales, en el término municipal de Don Benito (Badajoz). Expte.: IA17/1760.
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NÚMERO 185
Lunes 26 de septiembre de 2022
46433
En todo caso, se deberá cumplir el condicionado de la resolución de la solicitud de concesión de aguas superficiales que se está tramitando, la cual deberá tener en cuenta la
superficie finalmente transformada a regadío tras esta evaluación ambiental, a efectos
de ajustar las dotaciones de agua finalmente concedidas, así como las medidas especificadas en el documento ambiental aportado y en el presente informe, tendentes al
ahorro de agua y al control efectivo de los consumos hídricos.
3.3.11. Población y medio socioeconómico.
Durante la fase de ejecución, se producirán molestias a la población derivadas de la
generación de polvo y ruidos, que se serán mitigadas mediante la aplicación de las
medidas indicadas en el documento ambiental y en el presente informe. Una vez concluidas las obras esta afección desaparece.
Por otra parte, y respecto al factor socioeconómico, el impacto es positivo por la generación de empleo y de la actividad económica. Cabe destacar que el regadío no
solo supone una renta más alta para los agricultores, sino también que esta sea más
segura, tanto por la mayor diversificación de producciones que permite, como por la
reducción de los riesgos climáticos derivados de la variabilidad de las producciones.
Esto contribuirá a fijar población en el entorno de la explotación, que en Extremadura
tiene una importancia vital.
3.3.12. Sinergias y efectos acumulativos.
Los principales efectos acumulativos y sinérgicos derivados de la ejecución del proyecto
residen en la ampliación de la superficie dedicada al cultivo de especies permanentes,
que conjuntamente con la ejecución de proyectos de similares características en zonas
cercanas, podrían afectar en cierto modo a la conservación del hábitat de dehesa.
Aunque este efecto sinérgico es claro y negativo, se considera que la ubicación y las características de las nuevas plantaciones de leñosos, especies tradicionales de la zona,
así como las medidas incluidas en el documento ambiental y en el presente informe,
hacen compatible dicho impacto ambiental.
En conclusión, se considera que el proyecto es viable desde el punto de vista ambiental
en los recintos 2 de la parcela 10, 4 y 39 de la parcela 42, del polígono 101, del término
municipal de Don Benito (Badajoz) con una superficie de 82,1833 ha y siempre que se
cumplan las condiciones y medidas preventivas, correctoras y compensatorias recogidas en el apartado 4. Igualmente, el proyecto no afecta a espacios de la Red Natura
2000. Por ello, del análisis técnico se concluye que no es preciso someter el proyecto
a evaluación de impacto ambiental ordinaria.
Lunes 26 de septiembre de 2022
46433
En todo caso, se deberá cumplir el condicionado de la resolución de la solicitud de concesión de aguas superficiales que se está tramitando, la cual deberá tener en cuenta la
superficie finalmente transformada a regadío tras esta evaluación ambiental, a efectos
de ajustar las dotaciones de agua finalmente concedidas, así como las medidas especificadas en el documento ambiental aportado y en el presente informe, tendentes al
ahorro de agua y al control efectivo de los consumos hídricos.
3.3.11. Población y medio socioeconómico.
Durante la fase de ejecución, se producirán molestias a la población derivadas de la
generación de polvo y ruidos, que se serán mitigadas mediante la aplicación de las
medidas indicadas en el documento ambiental y en el presente informe. Una vez concluidas las obras esta afección desaparece.
Por otra parte, y respecto al factor socioeconómico, el impacto es positivo por la generación de empleo y de la actividad económica. Cabe destacar que el regadío no
solo supone una renta más alta para los agricultores, sino también que esta sea más
segura, tanto por la mayor diversificación de producciones que permite, como por la
reducción de los riesgos climáticos derivados de la variabilidad de las producciones.
Esto contribuirá a fijar población en el entorno de la explotación, que en Extremadura
tiene una importancia vital.
3.3.12. Sinergias y efectos acumulativos.
Los principales efectos acumulativos y sinérgicos derivados de la ejecución del proyecto
residen en la ampliación de la superficie dedicada al cultivo de especies permanentes,
que conjuntamente con la ejecución de proyectos de similares características en zonas
cercanas, podrían afectar en cierto modo a la conservación del hábitat de dehesa.
Aunque este efecto sinérgico es claro y negativo, se considera que la ubicación y las características de las nuevas plantaciones de leñosos, especies tradicionales de la zona,
así como las medidas incluidas en el documento ambiental y en el presente informe,
hacen compatible dicho impacto ambiental.
En conclusión, se considera que el proyecto es viable desde el punto de vista ambiental
en los recintos 2 de la parcela 10, 4 y 39 de la parcela 42, del polígono 101, del término
municipal de Don Benito (Badajoz) con una superficie de 82,1833 ha y siempre que se
cumplan las condiciones y medidas preventivas, correctoras y compensatorias recogidas en el apartado 4. Igualmente, el proyecto no afecta a espacios de la Red Natura
2000. Por ello, del análisis técnico se concluye que no es preciso someter el proyecto
a evaluación de impacto ambiental ordinaria.