Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062742)
Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Puesta en riego de 82,1833 ha en la finca La Jarilla de Nogales en el término municipal de Don Benito", cuya promotora es D.ª M.ª Antonia Ceballos Zúñiga-Nogales, en el término municipal de Don Benito (Badajoz). Expte.: IA17/1760.
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NÚMERO 185
Lunes 26 de septiembre de 2022
46431
En cuanto al informe emitido por el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, de la
Dirección General de Política Forestal, considera que la afección forestal es asumible, si
bien debe respetarse el arbolado existente y se debe excluir de la transformación una
zona (que se indicará en las medidas del presente informe).
Esta zona, con una superficie de 12,4605 ha, correspondiente al recinto 8, de la parcela 12, del polígono 102, del término municipal de Don Benito (Badajoz), no podrá
ponerse en cultivo ni transformarse a regadío y servirá como corredor biológico entre
los terrenos adehesados que existen en el entorno de la zona de actuación, además de
procurar zonas de refugio y fomentar la biodiversidad existente en la zona de actuación
y sus alrededores.
El resto de la superficie de actuación podrá ser transformada según lo proyectado,
siempre y cuando se cumplan una serie de medidas de protección de la vegetación
natural existente, las cuales han sido incorporadas al presente informe.
3.3.6. Paisaje.
El paisaje sufrirá una transformación de carácter permanente durante la vida útil del
cultivo leñoso que se pretende implantar. Por otro lado, la puesta en riego por goteo
será una transformación muchos menos impactante paisajísticamente Los trabajos
proyectados no generarán ningún cambio sustancial en el relieve de la zona, caracterizada por tratarse de una zona con un elevado grado de antropización dedicada a la
actividad agrícola tanto en secano como en regadío.
3.3.7. Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
La calidad del aire se verá afectada por la emisión de partículas y polvo derivadas de
los trabajos proyectados (movimientos de tierras, construcción de zanjas, transporte y
carga de materiales, etc.), por gases derivados de la combustión y compuestos orgánicos volátiles derivados del uso de vehículos de obra y maquinaria, así como aumento
de los niveles sonoros. Una vez concluidas las obras esta afección desaparece. No
obstante, deberán cumplirse las medidas preventivas al respecto incorporadas en el
presente informe, así como las incluidas en el documento ambiental.
Durante la fase de funcionamiento, los elementos que pueden originar ruidos y emisiones de partículas serán los procedentes de la maquinaria que realice las labores culturales del cultivo y el funcionamiento de los equipos de bombeo, teniendo estos una
baja incidencia sobre el entorno aplicando las correspondientes medidas preventivas
y/o correctoras.
Lunes 26 de septiembre de 2022
46431
En cuanto al informe emitido por el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, de la
Dirección General de Política Forestal, considera que la afección forestal es asumible, si
bien debe respetarse el arbolado existente y se debe excluir de la transformación una
zona (que se indicará en las medidas del presente informe).
Esta zona, con una superficie de 12,4605 ha, correspondiente al recinto 8, de la parcela 12, del polígono 102, del término municipal de Don Benito (Badajoz), no podrá
ponerse en cultivo ni transformarse a regadío y servirá como corredor biológico entre
los terrenos adehesados que existen en el entorno de la zona de actuación, además de
procurar zonas de refugio y fomentar la biodiversidad existente en la zona de actuación
y sus alrededores.
El resto de la superficie de actuación podrá ser transformada según lo proyectado,
siempre y cuando se cumplan una serie de medidas de protección de la vegetación
natural existente, las cuales han sido incorporadas al presente informe.
3.3.6. Paisaje.
El paisaje sufrirá una transformación de carácter permanente durante la vida útil del
cultivo leñoso que se pretende implantar. Por otro lado, la puesta en riego por goteo
será una transformación muchos menos impactante paisajísticamente Los trabajos
proyectados no generarán ningún cambio sustancial en el relieve de la zona, caracterizada por tratarse de una zona con un elevado grado de antropización dedicada a la
actividad agrícola tanto en secano como en regadío.
3.3.7. Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
La calidad del aire se verá afectada por la emisión de partículas y polvo derivadas de
los trabajos proyectados (movimientos de tierras, construcción de zanjas, transporte y
carga de materiales, etc.), por gases derivados de la combustión y compuestos orgánicos volátiles derivados del uso de vehículos de obra y maquinaria, así como aumento
de los niveles sonoros. Una vez concluidas las obras esta afección desaparece. No
obstante, deberán cumplirse las medidas preventivas al respecto incorporadas en el
presente informe, así como las incluidas en el documento ambiental.
Durante la fase de funcionamiento, los elementos que pueden originar ruidos y emisiones de partículas serán los procedentes de la maquinaria que realice las labores culturales del cultivo y el funcionamiento de los equipos de bombeo, teniendo estos una
baja incidencia sobre el entorno aplicando las correspondientes medidas preventivas
y/o correctoras.