Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Marcas. (2022050162)
Orden de 15 de septiembre de 2022 por la que se establece el Reglamento de uso de la marca promocional "Artesanía de Extremadura".
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NÚMERO 185
Lunes 26 de septiembre de 2022

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c) En el caso de artesanos de oficios relacionados con la madera, les será de aplicación lo
dispuesto en Real Decreto 1088/2015, de 4 de diciembre, para asegurar la legalidad de
la comercialización de madera y productos de la madera.
Artículo 5. Trazabilidad.
1. La vigencia de la autorización del uso de la marca “Artesanía de Extremadura” para un
producto estará supeditada a que dicho producto, así como sus componentes, mantengan
inalterados los requisitos de origen que motivaron la concesión de la autorización. Para que
esta condición se cumpla, las personas usuarias de la marca deberán estar en disposición
de acreditar la trazabilidad de los productos en todas las etapas de producción, transformación y comercialización.
2. Con arreglo a la actividad concreta que desarrollen, las personas físicas y jurídicas autorizadas deberán asegurar, a través de un sistema o método de control apropiado, la
trazabilidad en cuanto al origen de los productos labelizados bajo la marca “Artesanía de
Extremadura”. El sistema o método de control deberá acreditar, cuanto menos:
a) El origen de las materias primas o componentes primarios, así como datos de las personas proveedoras.
b) Los procesos de manipulación, transformación y/o envasado a los que el producto labelizado ha sido sometido, con indicación del lugar donde se realizan.
c) La composición de los productos que hayan sido sometidos a una transformación.
d) Los datos que permitan relacionar la producción etiquetada y la producción comercializada bajo la marca “Artesanía de Extremadura”.
Artículo 6. Usos específicos y genéricos de la marca.
1. El uso genérico de la marca “Artesanía de Extremadura” está restringido exclusivamente al
etiquetado y presentación de los productos que hayan sido autorizados y únicamente para
las marcas comerciales que figuren en la autorización otorgada. La marca promocional se
utilizará acompañando a la marca comercial autorizada, nunca a título principal o sustitutivo de ésta.
2. D
 e forma específica la marca “Artesanía de Extremadura” podrá ser reproducida en vídeos,
folletos publicitarios, vehículos, catálogos o cualquier otro tipo de soporte promocional, así
como en los documentos comerciales, siempre que estos estén relacionados directamente
con los productos autorizados para su uso.