Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2022062759)
Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se convoca el procedimiento de admisión para la realización de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en la modalidad de oferta parcial en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2022/2023.
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NÚMERO 184
Viernes 23 de septiembre de 2022

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b) Oferta modular parcial específica: oferta de módulos profesionales propuestos por los
centros de manera específica y diferenciada de los módulos impartidos en los ciclos
formativos para los que está autorizado en régimen ordinario.
Séptimo. Cómputo de dedicación docente del profesorado.
1. P
 ara el profesorado que imparta módulos profesionales en los que exista alumnado matriculado al amparo de esta resolución en oferta parcial ordinaria mantendrá el cómputo de
dedicación docente establecido para el régimen presencial ordinario. Para el docente que
imparta módulos de oferta parcial específica, se computarán las horas docentes efectivamente dedicadas a esta oferta durante el tiempo en que se realice la correspondiente labor
docente.
2. E
 n el caso de los centros concertados, esta oferta no supondrá ninguna modificación del
concierto.
3. E
 l alumnado con matrícula en la oferta parcial en cada una de las dos modalidades formará un grupo-clase propio y se incluirá en las actas de evaluación correspondientes a esta
oferta. Dicha evaluación se hará en las mismas condiciones y convocatorias que las establecidas para el alumnado de régimen ordinario.
Octavo. Programación didáctica.
1. E
 l currículo de cada módulo profesional será el vigente en Extremadura para el ciclo formativo que corresponda. La programación didáctica será, en general, la establecida para el
régimen ordinario en el proyecto curricular del centro.
2. N
 o obstante, para la oferta modular parcial específica, podrán aprobarse programaciones
didácticas específicas.
II. Oferta Modular Parcial Ordinaria.
Noveno. Número de puestos escolares.
1. E
 l número de puestos escolares ofertados para cada módulo profesional vendrá determinado por el número de plazas que hayan quedado vacantes al finalizar el proceso general de
admisión, regulado por la Orden de 27 de mayo de 2019, y convocado mediante Resolución
de 9 de diciembre de 2021 (DOE n.º 245, de 23 de diciembre), modificada por la Resolución
de 6 de abril de 2022, (DOE n.º 73, de 18 de abril) de la Dirección General de Formación
Profesional y Formación para el Empleo, así como las correspondientes plazas libres a consecuencia del alumnado que repite curso y tiene módulos superados, hasta completar el
número de plazas autorizadas.