Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2022062759)
Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se convoca el procedimiento de admisión para la realización de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en la modalidad de oferta parcial en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2022/2023.
39 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 184
Viernes 23 de septiembre de 2022
46208
Con este fin, el referido Consejo Escolar asesorará al titular del centro que será el responsable del cumplimiento de las citadas normas.
c) En el momento en que cada centro determine en su oferta las plazas, el equipo directivo
en los centros públicos y el titular, en el caso de los centros privados concertados, publicarán en sus tablones de anuncios la oferta que corresponda para cada uno de los ciclos
formativos que tenga implantado con indicación del periodo de solicitudes y del número
de plazas y horario de cada uno de los módulos ofertados y lo comunicará a la Dirección
General de Formación Profesional y Formación para el Empleo a fin de que ésta publique
en su página web la oferta que se vaya produciendo.
d) El periodo de solicitudes no podrá ser inferior a 6 días hábiles.
e) E
l centro publicará en su tablón de anuncios el listado provisional de solicitantes en el
plazo de dos días hábiles siguientes a la finalización del período de solicitudes, conforme
el modelo establecido en el anexo VII de la presente resolución. Para quienes hayan
sido excluidos se indicará el motivo de tal exclusión conforme el modelo establecido en
el anexo VIII.
f) El centro debe habilitar un periodo de reclamaciones a la lista provisional de solicitudes
de dos días hábiles siguientes a la finalización del período de publicación del listado provisional de solicitudes.
g) El equipo directivo en los centros públicos y el titular en el caso de los centros concertados, decidirán sobre las reclamaciones y publicarán las listas definitivas conforme el
modelo establecido en el anexo VII, en el plazo de dos días hábiles siguientes a la finalización del período de reclamaciones.
h) E
n el plazo que determine el centro, las personas admitidas deberán formalizar su matrícula entregando el anexo IV para ciclos de grado medio o anexo V para ciclos de grado
superior de esta resolución y la documentación que en el mismo se indica. En todo caso,
el proceso de admisión y matriculación en régimen de oferta modular parcial debe estar
finalizado antes del inicio de las actividades docentes correspondientes a esta oferta.
i) Las personas que no hayan sido admitidas quedarán integradas en una lista de espera
a la que se incorporarán, por orden de entrada, las solicitudes realizadas fuera de plazo
y las de nuevos solicitantes. En caso de que se generaran nuevas vacantes, el centro
educativo realizará el llamamiento a los solicitantes incluidos en estas listas de espera
según el orden en ellas establecido. Este llamamiento podrá realizarse durante la primera semana de las actividades docentes que correspondan.
Viernes 23 de septiembre de 2022
46208
Con este fin, el referido Consejo Escolar asesorará al titular del centro que será el responsable del cumplimiento de las citadas normas.
c) En el momento en que cada centro determine en su oferta las plazas, el equipo directivo
en los centros públicos y el titular, en el caso de los centros privados concertados, publicarán en sus tablones de anuncios la oferta que corresponda para cada uno de los ciclos
formativos que tenga implantado con indicación del periodo de solicitudes y del número
de plazas y horario de cada uno de los módulos ofertados y lo comunicará a la Dirección
General de Formación Profesional y Formación para el Empleo a fin de que ésta publique
en su página web la oferta que se vaya produciendo.
d) El periodo de solicitudes no podrá ser inferior a 6 días hábiles.
e) E
l centro publicará en su tablón de anuncios el listado provisional de solicitantes en el
plazo de dos días hábiles siguientes a la finalización del período de solicitudes, conforme
el modelo establecido en el anexo VII de la presente resolución. Para quienes hayan
sido excluidos se indicará el motivo de tal exclusión conforme el modelo establecido en
el anexo VIII.
f) El centro debe habilitar un periodo de reclamaciones a la lista provisional de solicitudes
de dos días hábiles siguientes a la finalización del período de publicación del listado provisional de solicitudes.
g) El equipo directivo en los centros públicos y el titular en el caso de los centros concertados, decidirán sobre las reclamaciones y publicarán las listas definitivas conforme el
modelo establecido en el anexo VII, en el plazo de dos días hábiles siguientes a la finalización del período de reclamaciones.
h) E
n el plazo que determine el centro, las personas admitidas deberán formalizar su matrícula entregando el anexo IV para ciclos de grado medio o anexo V para ciclos de grado
superior de esta resolución y la documentación que en el mismo se indica. En todo caso,
el proceso de admisión y matriculación en régimen de oferta modular parcial debe estar
finalizado antes del inicio de las actividades docentes correspondientes a esta oferta.
i) Las personas que no hayan sido admitidas quedarán integradas en una lista de espera
a la que se incorporarán, por orden de entrada, las solicitudes realizadas fuera de plazo
y las de nuevos solicitantes. En caso de que se generaran nuevas vacantes, el centro
educativo realizará el llamamiento a los solicitantes incluidos en estas listas de espera
según el orden en ellas establecido. Este llamamiento podrá realizarse durante la primera semana de las actividades docentes que correspondan.