Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Conciliación Familiar. Ayudas. (2022062771)
Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas a la contratación como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral para responder al impacto del COVID-19, correspondiente al año 2022.
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NÚMERO 184
Viernes 23 de septiembre de 2022
46234
por desistida de su solicitud, previa resolución expresa del órgano competente que será
dictada en los términos que preceptúa el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Noveno. Documentación.
1. E
l órgano gestor recabará de oficio la información que se detalla en el apartado dos del
presente ordina No obstante, en la solicitud se consignan apartados con el objeto de que la
persona solicitante, si así lo estima conveniente, pueda oponerse a la realización de oficio
de alguna o de varias de dichas consultas, debiendo entonces aportar junto con la solicitud,
según corresponda, dichos documentos.
No será preciso presentar los documentos ya aportados con anterioridad a cualquier Administración Pública, siempre y cuando se haga constar en el apartado correspondiente de
la solicitud el lugar, órgano y fecha en qué se presentaron dichos documentos y no hayan
transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
2. S
e recabarán de oficio los siguientes documentos, salvo que el interesado formule oposición expresa, en cuyo caso serán aportados por el mismo:
a) Documento Nacional de Identidad o el pasaporte en vigor en el caso de que el solicitante
tenga nacionalidad española.
b) Certificado de estar al corriente con las obligaciones de pago con la Hacienda autonómica y con la Seguridad Social.
c) Informe de vida laboral del solicitante y, en el caso de percibir retribuciones, certificación o copia de los justificantes de las retribuciones que pudiera percibir.
d) Certificado positivo o negativo de prestaciones y pensiones de la Seguridad Social.
e) Certificado positivo o negativo de prestaciones por desempleo.
f) Documento que acredite la residencia en un municipio de la Comunidad Autónoma de
Extremadura del solicitante.
3. S
e recabarán de oficio los siguientes documentos siempre y cuando la persona interesada
formule autorización expresa; en caso de no autorizar serán aportados por la misma:
a) La declaración sobre el Impuesto de la Renta de las Personas físicas del último ejercicio
disponible correspondiente al solicitante, o en caso de exención, certificado de imputaciones expedido por la Administración Tributaria referido al mismo ejercicio.
Viernes 23 de septiembre de 2022
46234
por desistida de su solicitud, previa resolución expresa del órgano competente que será
dictada en los términos que preceptúa el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Noveno. Documentación.
1. E
l órgano gestor recabará de oficio la información que se detalla en el apartado dos del
presente ordina No obstante, en la solicitud se consignan apartados con el objeto de que la
persona solicitante, si así lo estima conveniente, pueda oponerse a la realización de oficio
de alguna o de varias de dichas consultas, debiendo entonces aportar junto con la solicitud,
según corresponda, dichos documentos.
No será preciso presentar los documentos ya aportados con anterioridad a cualquier Administración Pública, siempre y cuando se haga constar en el apartado correspondiente de
la solicitud el lugar, órgano y fecha en qué se presentaron dichos documentos y no hayan
transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
2. S
e recabarán de oficio los siguientes documentos, salvo que el interesado formule oposición expresa, en cuyo caso serán aportados por el mismo:
a) Documento Nacional de Identidad o el pasaporte en vigor en el caso de que el solicitante
tenga nacionalidad española.
b) Certificado de estar al corriente con las obligaciones de pago con la Hacienda autonómica y con la Seguridad Social.
c) Informe de vida laboral del solicitante y, en el caso de percibir retribuciones, certificación o copia de los justificantes de las retribuciones que pudiera percibir.
d) Certificado positivo o negativo de prestaciones y pensiones de la Seguridad Social.
e) Certificado positivo o negativo de prestaciones por desempleo.
f) Documento que acredite la residencia en un municipio de la Comunidad Autónoma de
Extremadura del solicitante.
3. S
e recabarán de oficio los siguientes documentos siempre y cuando la persona interesada
formule autorización expresa; en caso de no autorizar serán aportados por la misma:
a) La declaración sobre el Impuesto de la Renta de las Personas físicas del último ejercicio
disponible correspondiente al solicitante, o en caso de exención, certificado de imputaciones expedido por la Administración Tributaria referido al mismo ejercicio.