Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Conciliación Familiar. Ayudas. (2022062771)
Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas a la contratación como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral para responder al impacto del COVID-19, correspondiente al año 2022.
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NÚMERO 184
Viernes 23 de septiembre de 2022

46235

b) Certificado de estar al corriente con las obligaciones de pago con la Hacienda Estatal.
4. E
 l interesado deberá aportar, en cualquier caso, la documentación que se indica a continuación:
a) Certificado de convivencia en el que se haga constar todas las personas que conviven
en el domicilio del solicitante.
b) Documento acreditativo del nacimiento de las hijas o hijos. En los supuestos de adopción o acogimiento, se deberá aportar resolución judicial, administrativa o documento
análogo constitutivo de la misma.
c) En el caso de custodias compartidas u otro régimen de separación, deberá aportarse
sentencia o convenio regulador ratificado por el juzgado, en caso de nulidad, separación
o divorcio.
d) Los solicitantes que no tengan nacionalidad española, si es nacional de Estados miembros de la Unión Europea, de Estados parte en el Acuerdo sobre Espacio Económico
Europeo y de Suiza, se deberá aportar el pasaporte o documento de identidad válido
en vigor, así como el certificado de registro como residente comunitario. En el caso de
que la persona solicitante fuere cónyuge de nacional de Estados miembros de la Unión
Europea, Estados parte del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo y de Suiza, deberá aportar el documento acreditativo de dicha circunstancia al no estar habilitados los
mecanismos de transmisión de datos entre administraciones.
Los solicitantes extranjeros no comprendidos en el párrafo anterior deberán aportar el
documento que acredite la autorización de residencia o la autorización de residencia
y trabajo, y en defecto de los mismos, deberán aportar el pasaporte o documento de
identidad válido en vigor del país del que proceda y certificado original expedido por la
Brigada de Extranjería de la Policía Nacional acreditativo de la residencia legal en territorio español.
En el supuesto de solicitantes no españoles el libro de familia será sustituido, en su
caso, por documento análogo constitutivo de la misma.
e) Declaración responsable de no estar incurso en prohibición para obtener la condición de
beneficiario de la ayuda, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. No será
necesaria la presentación de esta declaración si el interesado cumplimenta en el modelo
de solicitud la casilla correspondiente.