Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Conciliación Familiar. Ayudas. (2022062771)
Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas a la contratación como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral para responder al impacto del COVID-19, correspondiente al año 2022.
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NÚMERO 184
Viernes 23 de septiembre de 2022

46228

orgánica de la Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo, mediante el que se
adscribe a dicha Consejería el Instituto de la Mujer de Extremadura, y de conformidad con
lo establecido en el artículo 29.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura en relación con el artículo 23.1,
RESUELVO:
Primero. Objeto y finalidad.
1. M
 ediante la presente resolución se efectúa la convocatoria pública, para el ejercicio 2022,
de las ayudas a la contratación como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral para responder al impacto del COVID-19.
Esta convocatoria se regirá por las normas contenidas en la Orden de 6 de julio de 2020
(DOE n.º 132, de 9 de julio de 2020), de la Consejera de Igualdad y Portavocía por la
que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la contratación como medida de
fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral para
responder al impacto del COVID-19, y su modificación contemplada en el capítulo II del
Decreto-ley 6/2021, de 1 de septiembre, por el que se efectúa la segunda convocatoria
de las ayudas directas a autónomos y empresas financiadas por el Gobierno de España
reguladas por el Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, ampliando el ámbito de sus posibles
beneficiarios, y se modifican las bases reguladoras de las ayudas a la contratación, como
medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar
y laboral para responder al impacto del COVID-19 (DOE n.º 173, de 7 de septiembre de
2021).
2. L
 a finalidad de las ayudas es fomentar la contratación de personas para el cuidado, a domicilio, de hijos o de hijas menores de 14 años o familiar de primer o segundo grado de
consanguineidad o afinidad con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, en el
marco de la política de conciliación de la vida personal, familiar y laboral y corresponsabilidad entre hombres y mujeres en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Personas beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas, trabajadores y trabajadoras
por cuenta propia y ajena, que se acojan a esta medida de conciliación y corresponsabilidad,
contratando a una persona para el cuidado, a domicilio, de sus hijos o de hijas menores de 14
años o familiar con una discapacidad reconocida en porcentaje igual o superior al 33% y que
reúnan los requisitos establecidos en el ordinal cuarto.