Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062720)
Resolución de 12 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, sobre modificación del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Almaraz 1" de 49,99 MWp, e infraestructura de evacuación en el término municipal de Almaraz, en la provincia de Cáceres. Expte.: IA19/1381.
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NÚMERO 181

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Martes 20 de septiembre de 2022

del proyecto en cuestión, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Con fecha 1 de septiembre de 2022, la Dirección General de Sostenibilidad inicia la
fase de solicitud de informes a las Administraciones Públicas afectadas por razón de la materia
en relación con los elementos esenciales que son objeto de la modificación solicitada y tenidos
en cuenta en la evaluación de impacto ambiental, por exigirlo así el artículo 86.2 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En la tabla adjunta se recogen los organismos y entidades consultados durante esta fase, y si
han emitido informe en relación con el documento ambiental:
Relación de organismos y entidades consultados

Respuestas Recibidas

Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la
Dirección General de Sostenibilidad.

X

A continuación, se resume el contenido principal de los informes recibidos:
— El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General
de Sostenibilidad emite informe con fecha 6 de septiembre de 2022, en el cual informa
que, las modificaciones propuestas, no requieren modificar el sentido ni las condiciones
del informe ambiental del proyecto original emitido el 4 de febrero de 2020 con número
CN19/3626.
Quinto. Una vez analizada la documentación obrante en el expediente administrativo, y considerando el contenido del informe recibido, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento de la modificación del proyecto al procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª, sección 2.ª, capítulo VII del título
I de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
a) Contenido de la modificación.
Las modificaciones introducidas en el proyecto son principalmente debidas a ajustes
constructivos en la instalación solar fotovoltaica y en la subestación de transformación,
como se detalla a continuación:


— Modificaciones en la Instalación Solar fotovoltaica. Ajustes constructivos:



• Se modifica ligeramente la potencia pico de la planta solar fotovoltaica pasando de
los 49,997 MWp a los 49,94 MWp finalmente propuestos. Esto se debe al aumento