Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Atención A Las Familias. Subvenciones. (2022050161)
Orden de 15 de septiembre de 2022 por la se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades locales que desarrollen los Programas de Atención a las Familias en Extremadura.
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NÚMERO 181
Martes 20 de septiembre de 2022
45583
En cumplimiento del principio de proporcionalidad, la norma establece una regulación acorde con las normas jurídicas que le sirven de marco y adecuada para atender la necesidad a
cubrir: el establecimiento de las bases reguladoras para el otorgamiento de las subvenciones
necesarias para que las entidades locales extremeñas puedan continuar con el desarrollo del
Programa en sus respectivos ámbitos geográficos.
Por otra parte, en virtud del principio de seguridad jurídica, esta orden es coherente con el
conjunto del ordenamiento normativo en su ámbito de aplicación. Igualmente, se ha tenido en
cuenta el principio de transparencia, definiéndose el objeto y ámbito de aplicación, así como
se ha promovido la participación de las personas y entidades potencialmente destinatarias o
aquellas interesadas. A tal efecto, en el proceso de elaboración de la orden se cumplen los
trámites de consulta previa y de audiencia e información pública previstos en el artículo 133
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Finalmente, en aplicación del principio de eficiencia, esta orden, establece criterios objetivos
y claros sobre el ciclo completo de gestión de la tramitación de las subvenciones, y persigue
una correcta utilización de los recursos públicos.
Esta orden se integra en los preceptos de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres; así como en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de
Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura
Por lo expuesto, en virtud de las atribuciones que por el ordenamiento jurídico me son conferidas de conformidad con los artículos 36 f) y 92.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en relación con el
artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, a propuesta de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias.
DISPONGO
Artículo 1. Objeto.
La presente orden tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, por parte de la Consejería competente en materia de servicios sociales,
para la financiación a las entidades locales de los gastos originados como consecuencia del
desarrollo de los Programas de Atención a las Familias (en adelante, PAF), cuyos aspectos
técnicos y metodológicos son regulados por el Decreto 74/2022, de 15 de junio, por el que se
regulan los Programas de Atención a las Familias en Extremadura.
Martes 20 de septiembre de 2022
45583
En cumplimiento del principio de proporcionalidad, la norma establece una regulación acorde con las normas jurídicas que le sirven de marco y adecuada para atender la necesidad a
cubrir: el establecimiento de las bases reguladoras para el otorgamiento de las subvenciones
necesarias para que las entidades locales extremeñas puedan continuar con el desarrollo del
Programa en sus respectivos ámbitos geográficos.
Por otra parte, en virtud del principio de seguridad jurídica, esta orden es coherente con el
conjunto del ordenamiento normativo en su ámbito de aplicación. Igualmente, se ha tenido en
cuenta el principio de transparencia, definiéndose el objeto y ámbito de aplicación, así como
se ha promovido la participación de las personas y entidades potencialmente destinatarias o
aquellas interesadas. A tal efecto, en el proceso de elaboración de la orden se cumplen los
trámites de consulta previa y de audiencia e información pública previstos en el artículo 133
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Finalmente, en aplicación del principio de eficiencia, esta orden, establece criterios objetivos
y claros sobre el ciclo completo de gestión de la tramitación de las subvenciones, y persigue
una correcta utilización de los recursos públicos.
Esta orden se integra en los preceptos de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres; así como en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de
Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura
Por lo expuesto, en virtud de las atribuciones que por el ordenamiento jurídico me son conferidas de conformidad con los artículos 36 f) y 92.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en relación con el
artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, a propuesta de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias.
DISPONGO
Artículo 1. Objeto.
La presente orden tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, por parte de la Consejería competente en materia de servicios sociales,
para la financiación a las entidades locales de los gastos originados como consecuencia del
desarrollo de los Programas de Atención a las Familias (en adelante, PAF), cuyos aspectos
técnicos y metodológicos son regulados por el Decreto 74/2022, de 15 de junio, por el que se
regulan los Programas de Atención a las Familias en Extremadura.