Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Subvenciones. (2022050160)
Orden de 13 de septiembre de 2022 por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones contempladas en el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 180
Lunes 19 de septiembre de 2022

45418

El artículo 9.1.31 del Estatuto de Autonomía de Extremadura atribuye la competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de “Urbanismo y vivienda. Normas
de calidad e innovación tecnológica en la edificación y de conservación del patrimonio urbano
tradicional.”.
Por su parte, el artículo 2 del Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se
modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuye a la Consejería de
Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura el ejercicio de las competencias
en materia de vivienda.
En virtud de lo expuesto, de conformidad con los artículos 36 f) y 92.1 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
y de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales.
Artículo 1. Objeto.
La presente orden tiene por objeto la aprobación de las bases reguladoras de los programas
de subvenciones referidos en el artículo 3, incluido el programa regulado en la Orden de 18
de diciembre de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones
del programa de ayudas a las mujeres víctimas de violencia de género, personas objeto de
desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, con las modificaciones introducidas en la disposición final primera; todos los cuales
se encuentran regulados en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el
Bono Alquiler joven y el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025.
Artículo 2. Régimen jurídico y ámbito de aplicación.
1. La concesión de las subvenciones reguladas en la presente orden, y que se relacionan en el
artículo 3, se regirá, en todo caso, por lo dispuesto en la misma, en el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Esta orden extiende su ámbito de aplicación a todas las viviendas que radiquen en la Comunidad Autónoma de Extremadura.