Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Incendios Forestales. (2022062684)
Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura por el que se declara como zona de actuación urgente la superficie forestal afectada por el incendio originado el día 11 de julio de 2022 en la comarca de Las Hurdes y la utilidad pública de los trabajos a realizar en los terrenos forestales comprendidos en ella.
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NÚMERO 177
Miércoles 14 de septiembre de 2022
45050
En el caso de montes de titularidad municipal y declarados de Utilidad Pública, la madera podrá ser retirada por los Ayuntamientos propietarios mediante contratos de emergencia en un
plazo inferior a tres meses prorrogable por causas ajenas al contratista.
Por otra parte, en cuanto al acotado al pastoreo de las superficies que deben regenerarse,
ambos preceptos permiten que el órgano forestal lo levante, y en este supuesto, según el Plan
de Actuación elaborado por el Director General de Política Forestal, podrá seguir el pastoreo
de la carga ganadera que actualmente está pastando en estos terrenos, de forma que cualquier modificación de ubicación o carga necesitará de autorización expresa.
Sexto. Para la ejecución de las medidas contempladas en el Plan de Actuación se ha solicitado la colaboración a la Administración General del Estado (Ministerio de Transición Ecológica)
para realizar actuaciones conjuntamente con la Dirección General de Aguas, la Confederación
Hidrográfica del Tajo, y la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación.
Séptimo. Es competente para dictar este Acuerdo el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, conforme a lo establecido en el artículo 274.3 LAEx, en relación con lo previsto en
el artículo 90.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
En virtud de todo lo anterior, a propuesta de la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio, este Consejo de Gobierno
ACUERDA:
Primero. Declarar como Zona de Actuación Urgente (ZAU HURDES ) los terrenos forestales
afectados por el incendio originado el día 11 de julio de 2022 en la citada comarca, que asoló
una superficie de 3.323,23 hectáreas en los términos municipales de Ladrillar (3.076,83),
Nuñomoral (245,96) y Casares de las Hurdes (0,44).
Segundo. Aprobar la realización, con cargo a los fondos propios de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, de las actuaciones que se contemplan en el
Plan de Actuación elaborado por la Dirección General de Política Forestal que se adjunta como
Anexo de este Acuerdo, al que se incorpora como parte integrante.
Tercero. Disponer la contratación de emergencia de las actuaciones para la restauración de
la cubierta vegetal contempladas en el Plan de Actuación que hayan de llevar a cabo la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y/o cualquier otro órgano de la
Administración autonómica que colabore en su ejecución.
Cuarto. Declarar la utilidad pública de las obras y trabajos contemplados en el Plan de Actuación que se incorpora como Anexo de este Acuerdo. Como consecuencia de esta declaración de
Miércoles 14 de septiembre de 2022
45050
En el caso de montes de titularidad municipal y declarados de Utilidad Pública, la madera podrá ser retirada por los Ayuntamientos propietarios mediante contratos de emergencia en un
plazo inferior a tres meses prorrogable por causas ajenas al contratista.
Por otra parte, en cuanto al acotado al pastoreo de las superficies que deben regenerarse,
ambos preceptos permiten que el órgano forestal lo levante, y en este supuesto, según el Plan
de Actuación elaborado por el Director General de Política Forestal, podrá seguir el pastoreo
de la carga ganadera que actualmente está pastando en estos terrenos, de forma que cualquier modificación de ubicación o carga necesitará de autorización expresa.
Sexto. Para la ejecución de las medidas contempladas en el Plan de Actuación se ha solicitado la colaboración a la Administración General del Estado (Ministerio de Transición Ecológica)
para realizar actuaciones conjuntamente con la Dirección General de Aguas, la Confederación
Hidrográfica del Tajo, y la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación.
Séptimo. Es competente para dictar este Acuerdo el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, conforme a lo establecido en el artículo 274.3 LAEx, en relación con lo previsto en
el artículo 90.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
En virtud de todo lo anterior, a propuesta de la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio, este Consejo de Gobierno
ACUERDA:
Primero. Declarar como Zona de Actuación Urgente (ZAU HURDES ) los terrenos forestales
afectados por el incendio originado el día 11 de julio de 2022 en la citada comarca, que asoló
una superficie de 3.323,23 hectáreas en los términos municipales de Ladrillar (3.076,83),
Nuñomoral (245,96) y Casares de las Hurdes (0,44).
Segundo. Aprobar la realización, con cargo a los fondos propios de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, de las actuaciones que se contemplan en el
Plan de Actuación elaborado por la Dirección General de Política Forestal que se adjunta como
Anexo de este Acuerdo, al que se incorpora como parte integrante.
Tercero. Disponer la contratación de emergencia de las actuaciones para la restauración de
la cubierta vegetal contempladas en el Plan de Actuación que hayan de llevar a cabo la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y/o cualquier otro órgano de la
Administración autonómica que colabore en su ejecución.
Cuarto. Declarar la utilidad pública de las obras y trabajos contemplados en el Plan de Actuación que se incorpora como Anexo de este Acuerdo. Como consecuencia de esta declaración de