Consejería De Educación Y Empleo. Educación. (2022062678)
Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la selección de proyectos de innovación educativa en los centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2022/23.
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NÚMERO 176
Martes 13 de septiembre de 2022

44992

b) Vocalías:


— La persona titular de la Jefatura del Servicio de Innovación y Formación del Profesorado, o persona en quien delegue.



— La persona titular de la Jefatura del Servicio de Tecnologías de la Educación, o persona en quien delegue.



— La persona titular de la Jefatura del Servicio de Programas Educativos y Atención a
la Diversidad, o persona en quien delegue.



— La persona titular de la Unidad de Inspección General de Educación y Evaluación, o
persona en quien delegue.



— La persona titular de la Jefatura del Servicio de Ordenación Académica y Planificación
de Centros Educativos, o persona en quien delegue.



— La persona titular de la Jefatura del Servicio de Coordinación Educativa, o persona
en quien delegue.



— Las personas titulares de las Jefaturas de Servicio de las Unidades de Programas
Educativos de cada uno de los Servicios Provinciales, o personas en quien deleguen.



— Una persona titular de la dirección de cada uno de los CPR de tipo I (CPR Jerez de los
Caballeros), de tipo II (CPR Plasencia) y de tipo III (CPR Mérida), o persona en quien
delegue.



— Una asesor/a en materia de innovación adscrita al Centro de Profesores y de Recursos.



— Un asesor/a técnica docente, adscrito a la Dirección General de Innovación e Inclusión educativa

c) Secretario: Un funcionario/a de la Dirección General de Innovación e Inclusión educativa, que actuará con voz, pero sin voto.
Tanto las vocalías como la secretaría podrán ser sustituidos por algún funcionario/a adscritos
a la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa en caso de ausencia, vacante o
enfermedad de cualquiera de las personas titulares.
2. L
 a Comisión de Selección y Valoración, que se ajustará en cuanto a su constitución y funcionamiento a lo dispuesto para los órganos colegiado en la Sección 3ª, Capítulo II, Título