Consejería De Educación Y Empleo. Educación. (2022062678)
Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la selección de proyectos de innovación educativa en los centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2022/23.
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NÚMERO 176
Martes 13 de septiembre de 2022

44993

Preliminar de la de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y al título V, capítulo III, sección 2.ª, de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y tendrá las siguientes
atribuciones:
a) Evaluar las solicitudes según los criterios establecidos en la presente resolución.
b) Solicitar informes y documentos que se estimen necesarios para un mejor conocimiento
y valoración de las solicitudes, dentro de los límites establecidos por el artículo 53 de la
Ley 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
c) Elaborar y hacer pública la lista de proyectos seleccionados.
d) Valorar y aprobar, en su caso, las memorias finales y solicitar la correspondiente certificación.
e) A
 consejar y/o proponer la publicación y difusión de los proyectos de innovación que
tengan posibilidad de generalizarse entre el profesorado y otros centros educativos.
f) Reconducir, mediante la Red de Formación del Profesorado, los proyectos presentados
que no reúnan las condiciones solicitadas, a otras modalidades formativas más acorde
al proyecto presentado.
3. L
 os proyectos seleccionados no contarán con ningún tipo de financiación o dotación económica por parte de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa.
4. L
 as necesidades formativas y de material didáctico, si las hubiere, y siempre que estén
debidamente justificadas para el correcto desarrollo del proyecto, serán satisfechas por el
CPR de referencia en función de su disponibilidad presupuestaria.
Octavo. Resolución del procedimiento.
1. El órgano competente para la resolución del procedimiento será el titular de la Dirección
General de Innovación e Inclusión Educativa, a propuesta de la Comisión de Selección y
Valoración.
2. E
 l plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial
de Extremadura.
3. T
 ranscurrido el plazo máximo sin haberse notificado la resolución, se podrá entender desestimada la solicitud.