Consejería De Educación Y Empleo. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2022062637)
Resolución de 30 de agosto de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se convocan subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
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NÚMERO 176
Martes 13 de septiembre de 2022

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c) Inversiones que se realicen para la adaptación de puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad.


— Puestos para trabajadores con discapacidad derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional: 10 puntos.



— Puestos para trabajadores con discapacidad no derivada de accidente de trabajo o
enfermedad profesional: 5 puntos.

d) Empresas inscritas en el Registro de Empresas Socialmente Responsables de Extremadura: 15 puntos.
e) Empresas con menos de 26 trabajadores contratados: 5 puntos.
Para tener derecho a la subvención la entidad solicitante deberá obtener un mínimo de
30 puntos, de acuerdo con los criterios establecidos en este resuelvo.
5. El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo procederá al estudio del expediente, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento
y comprobación de los datos, conforme a lo establecido en el artículo 24 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
6. L
 a asignación presupuestaria prevista para la concesión de las ayudas reguladas en la
presente convocatoria se distribuirá entre los solicitantes de mayor a menor puntuación
obtenida, según el orden de prelación resultante de la valoración realizada conforme a lo
establecido en este resuelvo. En caso de empate en la puntuación, se tendrá en cuenta el
importe total de la inversión subvencionable, obteniendo la posición superior la solicitud en
la que se presente la inversión de mayor valor en euros, sin incluir el IVA.
Décimo. Obligaciones de los beneficiarios.
1. A
 demás de las obligaciones generales previstas en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en la presente convocatoria y en la resolución de concesión, las entidades beneficiarias deberán cumplir las
siguientes obligaciones específicas:
a) Realizar la actuación que fundamenta la concesión de la subvención, así como el cumplimiento de las condiciones impuestas con ocasión de la misma.
b) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así
como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la
concesión o disfrute de la subvención.