Consejería De Educación Y Empleo. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2022062637)
Resolución de 30 de agosto de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se convocan subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
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NÚMERO 176
Martes 13 de septiembre de 2022
44959
3. L
a Comisión de Valoración se ajustará en su funcionamiento a lo dispuesto en los artículos
15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La concreción de sus miembros se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, una vez
finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
4. L
a Comisión de Valoración procederá a evaluar las solicitudes, determinando el orden de
prelación entre ellas. Para la valoración de los proyectos solicitados se utilizarán los criterios de valoración que se indican a continuación, siguiendo el orden establecido, siendo la
puntuación máxima a alcanzar por cada proyecto de 70 puntos, conforme a la siguiente
ponderación:
a) Por sanciones con carácter firme impuestas a la empresa por infracciones como consecuencia del incumplimiento de obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el
Orden Social, en los dos años anteriores a la fecha de la publicación de esta convocatoria en el DOE, según el siguiente baremo, en función de la graduación de la sanción y
del número de sanciones:
1. Sin sanciones: 20 puntos.
2. Una sanción leve, sin sanciones graves: 15 puntos.
3. Más de una sanción leve, sin sanciones graves: 10 puntos.
4. Una sanción grave: 5 puntos.
5. Más de una sanción grave: 0 puntos.
b) Por la siniestralidad laboral, en función de los accidentes de trabajo con baja que se
hayan producido en la empresa solicitante, en los dos años anteriores a la fecha de la
publicación de esta convocatoria en el DOE:
1. Sin declaración de accidentes: 20 puntos.
2. Un accidente leve, sin declarar accidentes graves, muy graves o mortales: 15 puntos.
3. Más de un accidente leve, sin declarar accidentes graves, muy graves o mortales:
10 puntos.
4. Un accidente grave: 5 puntos.
5. Más de un accidente grave o declaración de uno o más accidentes muy graves o
mortales: 0 puntos.
Martes 13 de septiembre de 2022
44959
3. L
a Comisión de Valoración se ajustará en su funcionamiento a lo dispuesto en los artículos
15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La concreción de sus miembros se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, una vez
finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
4. L
a Comisión de Valoración procederá a evaluar las solicitudes, determinando el orden de
prelación entre ellas. Para la valoración de los proyectos solicitados se utilizarán los criterios de valoración que se indican a continuación, siguiendo el orden establecido, siendo la
puntuación máxima a alcanzar por cada proyecto de 70 puntos, conforme a la siguiente
ponderación:
a) Por sanciones con carácter firme impuestas a la empresa por infracciones como consecuencia del incumplimiento de obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el
Orden Social, en los dos años anteriores a la fecha de la publicación de esta convocatoria en el DOE, según el siguiente baremo, en función de la graduación de la sanción y
del número de sanciones:
1. Sin sanciones: 20 puntos.
2. Una sanción leve, sin sanciones graves: 15 puntos.
3. Más de una sanción leve, sin sanciones graves: 10 puntos.
4. Una sanción grave: 5 puntos.
5. Más de una sanción grave: 0 puntos.
b) Por la siniestralidad laboral, en función de los accidentes de trabajo con baja que se
hayan producido en la empresa solicitante, en los dos años anteriores a la fecha de la
publicación de esta convocatoria en el DOE:
1. Sin declaración de accidentes: 20 puntos.
2. Un accidente leve, sin declarar accidentes graves, muy graves o mortales: 15 puntos.
3. Más de un accidente leve, sin declarar accidentes graves, muy graves o mortales:
10 puntos.
4. Un accidente grave: 5 puntos.
5. Más de un accidente grave o declaración de uno o más accidentes muy graves o
mortales: 0 puntos.