Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062659)
Resolución de 6 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Concierto entre la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales, el Servicio Extremeño de Salud y el Consejo de Colegios Profesionales de Farmacéuticos de Extremadura por el que se fijan las condiciones para la ejecución de la prestación farmacéutica a través de oficinas de farmacia y acuerdos de otras prestaciones.
114 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 175
Lunes 12 de septiembre de 2022
44781
2.1.1. Garantizar la seguridad de la dispensación de los productos farmacéuticos a través
de la receta electrónica, mediante las siguientes actuaciones:
— Mantenimiento del Sistema de Información Sanitaria del Servicio Extremeño de
Salud operativo las 24 horas 365 días al año.
— Actualización de las bases de datos necesarias para el funcionamiento del Sistema
de Información Funcional de Receta Electrónica cuya titularidad, responsabilidad
y custodia sea de la Administración.
— Habilitación de procedimientos, en su respectivo ámbito de actuación, que permitan y garanticen la dispensación cuando el Sistema de Información Funcional de
Receta electrónica no esté operativo debido a causas de fuerza mayor.
2.1.2. Fomentar el uso de la receta electrónica como la principal herramienta de prescripción en nuestra Comunidad.
2.1.3. Continuar con el desarrollo, actualización y mantenimiento de todos los sistemas
informáticos vinculados con la prescripción de la receta electrónica y las bases de
datos correspondientes que son propios de la Consejería de Sanidad y del SES.
2.1.4. P
romover la participación efectiva de las oficinas de farmacia en el sistema sanitario, tanto a través de los Sistemas de Información Sanitaria como con el desarrollo
de programas de atención farmacéutica coordinada y de calidad, a efectos de prestar una atención sanitaria integral a los pacientes.
2.1.5. P
romover la participación de los profesionales de las oficinas de farmacia en los
planes anuales de formación de la Escuela de Ciencias de la Salud.
2.1.6. Dar a conocer a los profesionales de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y
el Servicio Extremeño de Salud (SES) los contenidos de este Concierto así como de
cuantas modificaciones y actualizaciones sea objeto.
2.1.7. Abonar las recetas dispensadas conforme a las condiciones establecidas en la legislación vigente y en este Concierto.
2.1.8. Proveer a todos los ciudadanos con derecho a prestación farmacéutica a través del
SES, de la correspondiente tarjeta sanitaria o documento sustitutorio de derecho a
la asistencia, actualizado y legible digitalmente, que permita el acceso informático
de la oficina de farmacia al sistema y, con ello, a la información actualizada del TSI
de los usuarios del SES.
Lunes 12 de septiembre de 2022
44781
2.1.1. Garantizar la seguridad de la dispensación de los productos farmacéuticos a través
de la receta electrónica, mediante las siguientes actuaciones:
— Mantenimiento del Sistema de Información Sanitaria del Servicio Extremeño de
Salud operativo las 24 horas 365 días al año.
— Actualización de las bases de datos necesarias para el funcionamiento del Sistema
de Información Funcional de Receta Electrónica cuya titularidad, responsabilidad
y custodia sea de la Administración.
— Habilitación de procedimientos, en su respectivo ámbito de actuación, que permitan y garanticen la dispensación cuando el Sistema de Información Funcional de
Receta electrónica no esté operativo debido a causas de fuerza mayor.
2.1.2. Fomentar el uso de la receta electrónica como la principal herramienta de prescripción en nuestra Comunidad.
2.1.3. Continuar con el desarrollo, actualización y mantenimiento de todos los sistemas
informáticos vinculados con la prescripción de la receta electrónica y las bases de
datos correspondientes que son propios de la Consejería de Sanidad y del SES.
2.1.4. P
romover la participación efectiva de las oficinas de farmacia en el sistema sanitario, tanto a través de los Sistemas de Información Sanitaria como con el desarrollo
de programas de atención farmacéutica coordinada y de calidad, a efectos de prestar una atención sanitaria integral a los pacientes.
2.1.5. P
romover la participación de los profesionales de las oficinas de farmacia en los
planes anuales de formación de la Escuela de Ciencias de la Salud.
2.1.6. Dar a conocer a los profesionales de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y
el Servicio Extremeño de Salud (SES) los contenidos de este Concierto así como de
cuantas modificaciones y actualizaciones sea objeto.
2.1.7. Abonar las recetas dispensadas conforme a las condiciones establecidas en la legislación vigente y en este Concierto.
2.1.8. Proveer a todos los ciudadanos con derecho a prestación farmacéutica a través del
SES, de la correspondiente tarjeta sanitaria o documento sustitutorio de derecho a
la asistencia, actualizado y legible digitalmente, que permita el acceso informático
de la oficina de farmacia al sistema y, con ello, a la información actualizada del TSI
de los usuarios del SES.