Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. (2022062636)
Resolución de 31 de agosto de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se acuerda la inscripción y publicación de la modificación de los Estatutos del Consejo de Colegios Profesionales de Farmacéuticos de Extremadura, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
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NÚMERO 174
44651
Viernes 9 de septiembre de 2022
Tercero. Publicar en el Diario Oficial de Extremadura el texto íntegro de los Estatutos del
Consejo de Colegios Profesionales de Farmacéuticos de Extremadura, recogido en anexo a
esta resolución.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del
día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura ante este mismo órgano,
conforme a lo dispuesto en los artículos 102 y 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y 112,
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo
de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación en el citado Diario Oficial,
conforme lo dispuesto en los artículos 10.1, letra i); 14 y 46.1, de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Si se interpone el recurso de reposición no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que no se haya resuelto expresamente el de reposición o se produzca su
desestimación por silencio administrativo.
Mérida, 31 de agosto de 2022.
La Vicepresidenta Primera y Consejera
de Hacienda y Administración Pública,
PILAR BLANCO-MORALES LIMONES
44651
Viernes 9 de septiembre de 2022
Tercero. Publicar en el Diario Oficial de Extremadura el texto íntegro de los Estatutos del
Consejo de Colegios Profesionales de Farmacéuticos de Extremadura, recogido en anexo a
esta resolución.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del
día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura ante este mismo órgano,
conforme a lo dispuesto en los artículos 102 y 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y 112,
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo
de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación en el citado Diario Oficial,
conforme lo dispuesto en los artículos 10.1, letra i); 14 y 46.1, de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Si se interpone el recurso de reposición no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que no se haya resuelto expresamente el de reposición o se produzca su
desestimación por silencio administrativo.
Mérida, 31 de agosto de 2022.
La Vicepresidenta Primera y Consejera
de Hacienda y Administración Pública,
PILAR BLANCO-MORALES LIMONES