Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. (2022062636)
Resolución de 31 de agosto de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se acuerda la inscripción y publicación de la modificación de los Estatutos del Consejo de Colegios Profesionales de Farmacéuticos de Extremadura, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
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NÚMERO 174
Viernes 9 de septiembre de 2022
44645
— La Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales
de Extremadura, modificada por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
— La Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicio
y su ejercicio.
— La Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación
a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio.
—
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
— El Decreto 24/2007, de 20 de febrero, regula el Registro de Colegios Profesionales y
Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura.
— El Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la
denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 233, de 3 de
diciembre).
— El Decreto 162/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica
de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública.
— Los Estatutos del Consejo de Colegios Profesionales de Farmacéuticos de Extremadura,
publicados en el Diario Oficial de Extremadura n.º 10, de 16 de enero de 2009, por
Resolución del Consejero de Administración Pública y Hacienda de 22 de diciembre de
2008.
— Los Estatutos adaptados del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Badajoz, publicados en
el DOE n.º 207, de 27 de octubre de 2021, por Resolución de la Vicepresidenta Primera
y Consejera de Hacienda y Administración Pública de 22 de septiembre de 2021.
— Los Estatutos adaptados del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Cáceres, publicados en
el DOE n.º 102, de 30 de mayo de 2022, por Resolución de la Vicepresidenta Primera y
Consejera de Hacienda y Administración Pública de 11 de mayo de 2022.
Segundo. Régimen jurídico de los Consejos de Colegios profesionales.
La Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de
Extremadura, en adelante Ley 11/2002, fija el régimen jurídico de los Consejos de Colegios
Profesionales cuyo ámbito territorial de actuación se circunscriba exclusivamente al territorio
de Extremadura, en este sentido, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 1, punto
Viernes 9 de septiembre de 2022
44645
— La Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales
de Extremadura, modificada por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
— La Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicio
y su ejercicio.
— La Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación
a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio.
—
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
— El Decreto 24/2007, de 20 de febrero, regula el Registro de Colegios Profesionales y
Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura.
— El Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la
denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 233, de 3 de
diciembre).
— El Decreto 162/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica
de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública.
— Los Estatutos del Consejo de Colegios Profesionales de Farmacéuticos de Extremadura,
publicados en el Diario Oficial de Extremadura n.º 10, de 16 de enero de 2009, por
Resolución del Consejero de Administración Pública y Hacienda de 22 de diciembre de
2008.
— Los Estatutos adaptados del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Badajoz, publicados en
el DOE n.º 207, de 27 de octubre de 2021, por Resolución de la Vicepresidenta Primera
y Consejera de Hacienda y Administración Pública de 22 de septiembre de 2021.
— Los Estatutos adaptados del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Cáceres, publicados en
el DOE n.º 102, de 30 de mayo de 2022, por Resolución de la Vicepresidenta Primera y
Consejera de Hacienda y Administración Pública de 11 de mayo de 2022.
Segundo. Régimen jurídico de los Consejos de Colegios profesionales.
La Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de
Extremadura, en adelante Ley 11/2002, fija el régimen jurídico de los Consejos de Colegios
Profesionales cuyo ámbito territorial de actuación se circunscriba exclusivamente al territorio
de Extremadura, en este sentido, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 1, punto