Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Explotaciones Agrarias. Ayudas. (2022DE0005)
Decreto-ley 4/2022, de 31 de agosto, por el que se regulan ayudas temporales excepcionales a titulares de explotaciones agrícolas.
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NÚMERO 174
Viernes 9 de septiembre de 2022

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modo homogéneo en todo el territorio de la Comunidad Autónoma, lo que garantiza el interés
general. También se adecua al principio de proporcionalidad, pues no se impone obligaciones
a las destinatarias. En cuanto a los principios de seguridad jurídica, transparencia y eficiencia,
dicha norma se adecua a los mismos pues es coherente con el resto del ordenamiento jurídico,
y se ha procurado la participación de las partes interesadas, evitando cargas administrativas
innecesarias o accesorias. La gestión y operativa de tramitación electrónica se ajustará en todo
caso a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento General de Protección de
Datos 2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016.
Este Decreto se integra en los preceptos de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para
la igualdad efectiva de mujeres y hombres; así como en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de
igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura. Hace especial incidencia de la ley autonómica en los artículos 3 de principios generales, 21 de transversalidad de género, 22 de desarrollo del principio de interseccionalidad, 27 de lenguaje e
imagen no sexista, 28 de estadísticas e investigaciones con perspectiva de género y 31 de
ayudas y subvenciones. Asimismo, cumple con lo dispuesto en el artículo 7.12 del Estatuto
de Autonomía de Extremadura sobre la igualdad de la mujer en todos los ámbitos de la vida
pública, familiar, social, laboral, económica y cultural.
Por todo ello, en el ejercicio de la autorización contenida en el artículo 33 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero,
de modificación del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a
propuesta de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 31 de agosto de 2022,
DISPONGO
Artículo 1. Objeto.
El presente decreto-ley regula una subvención única a tanto alzado y excepcional destinada a
las explotaciones agrícolas del sector del arroz y maíz afectadas por la sequía meteorológica
en determinadas comarcas agrarias en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y por la
situación de incremento de costes de cultivo derivadas de las consecuencias de la invasión de
Ucrania por parte de Rusia.
Estas ayudas se someten al régimen de mínimis establecido en el Reglamento (UE) n.º
1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis
en el sector agrícola.