Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062625)
Resolución de 31 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Alojamiento rural", cuyo promotor es Sonia Serrano Blázquez, en el término municipal de Rebollar. Expte.: IA21/1757.
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NÚMERO 173
Miércoles 7 de septiembre de 2022
44536
— Se debe evitar que el mobiliario exterior sea de materiales inflamables.
— En ningún caso se procederá a la quema de vegetación, ya que esta práctica, además
de la destrucción de un lugar de refugio y alimento de fauna, provoca procesos de
erosión y pérdida de fertilidad del suelo.
— No se emplearán herbicidas en las labores de limpieza de la vegetación por el alto
riesgo de contaminación de las aguas públicas y el daño a las poblaciones animales
silvestres.
— Se respetará el arbolado autóctono existente en la parcela, así como la vegetación
arbórea y arbustiva de las lindes, con objeto de mantener un buen estado ecológico
de los hábitats presentes. En caso de necesitar la corta de algún ejemplar será
necesario contar con autorización previa del Servicio de Ordenación y Gestión
Forestal.
— Para el abastecimiento de agua de la actuación, se deberá solicitar ante la Comisaría
de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Tajo la concesión de aguas públicas,
cuyo otorgamiento estará supeditado a la disponibilidad del recurso.
—
En cuanto a las aguas residuales, se ha previsto una fosa séptica. Al respecto,
la Confederación Hidrográfica del Tajo indica que, queda prohibido con carácter
general el vertido directo o indirecto de aguas y productos residuales susceptibles
de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento del dominio público
hidráulico, salvo que se cuente con la previa autorización, que corresponderá a la
Confederación Hidrográfica del Tajo. En el supuesto de que vaya a emplearse una
fosa séptica estanca, cuyo vaciado periódico se realizase por medio de un gestor
autorizado, no se estaría produciendo un vertido al dominio público hidráulico.
— Las conducciones de las redes de saneamiento deberán ser estancas, para evitar la
infiltración de las aguas residuales a las aguas subterráneas. Se recomienda que la
red de saneamiento sea separativa, así como el empleo de técnicas de drenaje de
aguas pluviales sostenible.
— Si se prevé la ejecución de un vallado en la instalación, en el supuesto de que éste
discurra por cauces y sus zonas de policía, deberá contar con la correspondiente
autorización por parte de la Confederación Hidrográfica del Tajo.
— La responsabilidad relativa a las condiciones de seguridad de la infraestructura de
captación debe recaer sobre el titular de la misma. Los pozos y sondeos deben
dotarse de elementos de seguridad, tales como vallados, arquetas o casetas y
Miércoles 7 de septiembre de 2022
44536
— Se debe evitar que el mobiliario exterior sea de materiales inflamables.
— En ningún caso se procederá a la quema de vegetación, ya que esta práctica, además
de la destrucción de un lugar de refugio y alimento de fauna, provoca procesos de
erosión y pérdida de fertilidad del suelo.
— No se emplearán herbicidas en las labores de limpieza de la vegetación por el alto
riesgo de contaminación de las aguas públicas y el daño a las poblaciones animales
silvestres.
— Se respetará el arbolado autóctono existente en la parcela, así como la vegetación
arbórea y arbustiva de las lindes, con objeto de mantener un buen estado ecológico
de los hábitats presentes. En caso de necesitar la corta de algún ejemplar será
necesario contar con autorización previa del Servicio de Ordenación y Gestión
Forestal.
— Para el abastecimiento de agua de la actuación, se deberá solicitar ante la Comisaría
de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Tajo la concesión de aguas públicas,
cuyo otorgamiento estará supeditado a la disponibilidad del recurso.
—
En cuanto a las aguas residuales, se ha previsto una fosa séptica. Al respecto,
la Confederación Hidrográfica del Tajo indica que, queda prohibido con carácter
general el vertido directo o indirecto de aguas y productos residuales susceptibles
de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento del dominio público
hidráulico, salvo que se cuente con la previa autorización, que corresponderá a la
Confederación Hidrográfica del Tajo. En el supuesto de que vaya a emplearse una
fosa séptica estanca, cuyo vaciado periódico se realizase por medio de un gestor
autorizado, no se estaría produciendo un vertido al dominio público hidráulico.
— Las conducciones de las redes de saneamiento deberán ser estancas, para evitar la
infiltración de las aguas residuales a las aguas subterráneas. Se recomienda que la
red de saneamiento sea separativa, así como el empleo de técnicas de drenaje de
aguas pluviales sostenible.
— Si se prevé la ejecución de un vallado en la instalación, en el supuesto de que éste
discurra por cauces y sus zonas de policía, deberá contar con la correspondiente
autorización por parte de la Confederación Hidrográfica del Tajo.
— La responsabilidad relativa a las condiciones de seguridad de la infraestructura de
captación debe recaer sobre el titular de la misma. Los pozos y sondeos deben
dotarse de elementos de seguridad, tales como vallados, arquetas o casetas y